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El Estado no puede abordar la violencia de género solo desde el derecho penal, señala ONG

LA HUMANIDAD · 18 JULIO, 2022 20:14

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Albany Andara Meza | @AlbanyAndara


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La organización Acceso a la Justicia publicó en julio de este año su análisis de la reforma de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de 2021, donde señala que el Estado venezolano no puede abordar la violencia de género solamente desde la perspectiva del derecho penal.

«Aunque el texto contiene aspectos novedosos y positivos, la experiencia ha dejado en claro que el problema en el país no es la falta de legislación, sino su falta de aplicación», aseguró. La ley fue aprobada en diciembre de 2021 por la Asamblea Nacional (AN) electa en 2020, de tendencia oficialista. Actualmente cuenta con 64 artículos.  

En el informe, la ONG alerta que la falta de estadísticas confiables y oficiales de la violencia contra venezolanas es uno de los mayores obstáculos cuando se trata de prevención, debido a que dificulta realizar un diagnóstico correcto de la situación en el país. «Las últimas cifras datan de 2016», afirma Acceso a la Justicia.

Además, agregó que es preocupante que la AN haya decidido incorporar a la reforma a los consejos comunales, las comunas, las defensoras comunales de los derechos de las mujeres y las defensorías comunales.

Esto quiere decir que el gobierno venezolano asigna funciones de promoción de derechos humanos y acompañamiento a entidades que no están incluidas en la estructura del Poder Público establecida en la Constitución de la República y que no cuentan con la capacitación o los recursos multidisciplinarios para tratar el problema. 

«La protección de las víctimas exige la creación de estructuras especializadas y sin fines políticos para lograr la efectividad en sus tareas de prevención, protección y sanción de la violencia contra la mujer», reza el análisis.

Un país sin estadísticas de violencia de género

La organización no gubernamental Utopix indicó en mayo que se registraron 75 mujeres asesinadas en Venezuela desde enero hasta abril de 2022. No obstante, el Estado no se ha pronunciado sobre esta cifra ni ha aportado las suyas. La opacidad en la información sobre la violencia de género causa que los medios de comunicación y activistas tengan que trabajar con números ofrecidos por ONG.

Utopix apuntó que la mayoría de las víctimas en el primer cuatrimestre del año tenían entre 46 y 60 años de edad, con un pico entre los 16 y los 30 años. 

Acceso a la Justicia señaló que también es alarmante que la reforma no mencione la Convención Americana sobre la Erradicación de la Violencia contra la Mujer, conocida como Convención de Belém do Pará.

Para la organización, esto revelaría «la intención del Gobierno de desmarcarse del Sistema Interamericano y los derechos contenidos en tratados regionales». 

Algunos avances

A pesar de las críticas, Acceso a la Justicia identificó algunos avances de la reforma de la ley, como el reconocimiento de que la violencia por motivos de género se encuentra arraigada en la discriminación sistémica contra las mujeres, especialmente cuando se encuentran en situación de vulnerabilidad.

«El Estado venezolano tiene una comprensión de los problemas principales en la materia de violencia contra la mujer y que conoce los obstáculos con los que se encuentran las víctimas y sus familiares al acudir a las autoridades judiciales», expresa la ONG. 

Consideró positivo que se agregaran nuevos tipos penales como la violencia informática, laboral, política o ginecológica. Igualmente,  aprobó la prohibición expresa a los jueces a recurrir la mediación, conciliación u otros medios alternativos de resolución de conflictos en los procesos relacionados con violación o amenaza al derecho a la vida e integridad física.

LA HUMANIDAD · 22 JULIO, 2022

El Estado no puede abordar la violencia de género solo desde el derecho penal, señala ONG

Texto por Albany Andara Meza | @AlbanyAndara

La organización Acceso a la Justicia publicó en julio de este año su análisis de la reforma de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de 2021, donde señala que el Estado venezolano no puede abordar la violencia de género solamente desde la perspectiva del derecho penal.

«Aunque el texto contiene aspectos novedosos y positivos, la experiencia ha dejado en claro que el problema en el país no es la falta de legislación, sino su falta de aplicación», aseguró. La ley fue aprobada en diciembre de 2021 por la Asamblea Nacional (AN) electa en 2020, de tendencia oficialista. Actualmente cuenta con 64 artículos.  

En el informe, la ONG alerta que la falta de estadísticas confiables y oficiales de la violencia contra venezolanas es uno de los mayores obstáculos cuando se trata de prevención, debido a que dificulta realizar un diagnóstico correcto de la situación en el país. «Las últimas cifras datan de 2016», afirma Acceso a la Justicia.

Además, agregó que es preocupante que la AN haya decidido incorporar a la reforma a los consejos comunales, las comunas, las defensoras comunales de los derechos de las mujeres y las defensorías comunales.

Esto quiere decir que el gobierno venezolano asigna funciones de promoción de derechos humanos y acompañamiento a entidades que no están incluidas en la estructura del Poder Público establecida en la Constitución de la República y que no cuentan con la capacitación o los recursos multidisciplinarios para tratar el problema. 

«La protección de las víctimas exige la creación de estructuras especializadas y sin fines políticos para lograr la efectividad en sus tareas de prevención, protección y sanción de la violencia contra la mujer», reza el análisis.

Un país sin estadísticas de violencia de género

La organización no gubernamental Utopix indicó en mayo que se registraron 75 mujeres asesinadas en Venezuela desde enero hasta abril de 2022. No obstante, el Estado no se ha pronunciado sobre esta cifra ni ha aportado las suyas. La opacidad en la información sobre la violencia de género causa que los medios de comunicación y activistas tengan que trabajar con números ofrecidos por ONG.

Utopix apuntó que la mayoría de las víctimas en el primer cuatrimestre del año tenían entre 46 y 60 años de edad, con un pico entre los 16 y los 30 años. 

Acceso a la Justicia señaló que también es alarmante que la reforma no mencione la Convención Americana sobre la Erradicación de la Violencia contra la Mujer, conocida como Convención de Belém do Pará.

Para la organización, esto revelaría «la intención del Gobierno de desmarcarse del Sistema Interamericano y los derechos contenidos en tratados regionales». 

Algunos avances

A pesar de las críticas, Acceso a la Justicia identificó algunos avances de la reforma de la ley, como el reconocimiento de que la violencia por motivos de género se encuentra arraigada en la discriminación sistémica contra las mujeres, especialmente cuando se encuentran en situación de vulnerabilidad.

«El Estado venezolano tiene una comprensión de los problemas principales en la materia de violencia contra la mujer y que conoce los obstáculos con los que se encuentran las víctimas y sus familiares al acudir a las autoridades judiciales», expresa la ONG. 

Consideró positivo que se agregaran nuevos tipos penales como la violencia informática, laboral, política o ginecológica. Igualmente,  aprobó la prohibición expresa a los jueces a recurrir la mediación, conciliación u otros medios alternativos de resolución de conflictos en los procesos relacionados con violación o amenaza al derecho a la vida e integridad física.

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