La organización Género Consciencia rechazó las declaraciones de las dirigentes políticas Maribel Castillo y Mercedes Malavé, quienes esta semana se refirieron a los derechos de la población LGBTIQ+.
La diputada de la Asamblea Nacional, Maribel Castillo, dijo sobre el matrimonio igualitario que la propuesta tendría que discutirse y “dejar que la mayoría del pueblo decida”, de manera que no sea una “imposición” de ninguna de las partes involucradas.
“Sé que es un debate que se está dando, sé que es un debate fuerte, porque nosotros aquí en Latinoamérica, especialmente en Venezuela, la familia, nuestros valores no son esos. Pero yo respeto en la parte, como dice el amigo los derechos humanos, pero hay una Constitución que tenemos que respetar, que está por encima de todo y se puede cambiar, por supuesto. Lo que no se puede cambiar es la Biblia”, dijo la diputada el pasado 13 de mayo en programa Argumentos, transmitido por Globovisión.
Sobre sus declaraciones, la organización recordó que el artículo 59 de la Constitución establece que no se puede invocar creencias religiosas para eludir el cumplimiento de la ley ni para impedir a otro el ejercicio de sus derechos. Además, los derechos humanos no pueden ser objeto de consulta popular.
La dirigente del partido Unión y Progreso, Mercedes Malavé, cayó en desinformación. “Sería bueno preguntarle a los grupos LGBT si después le van a poner una P a su bandera, a sus siglas, porque hay quienes dicen que es legítimo tener esos impulsos o esa inclinación. No sé cómo llamarlo. A mí me parece terrible”, dijo para vincular a la población LGBTIQ+ con la pedofilia.
La Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha advertido que no existe ningún vínculo entre la homosexualidad y el abuso de menores. “La idea de presentar a las personas LGBT como ‘pedófilos’ o peligrosas para los niños es totalemente incorrecta y ofensiva y distrae de la necesidad de adoptar importantes medidas apropiadas para proteger a los niños, incluidas las que reconocen su orientación sexual y su identidad de género”, aclara la ONU.
Según explica la organización Unión Afirmativa, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) aclaró que la Convención Americana protege, en virtud del derecho a la protección de la vida privada y familiar, así como el derecho a la protección de la familia, el vínculo que puede derivar de una relación de una pareja del mismo sexo.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) estima que deben ser protegidos todos los derechos patrimoniales que se derivan del vínculo familiar entre personas del mismo sexo, sin discriminación alguna.
Por tanto, los Estados deben garantizarles el acceso a todas las figuras ya existentes en los ordenamientos jurídicos internos.
“Los Estados que tuviesen dificultades institucionales para adecuar las figuras existentes, transitoriamente, y en tanto de buena fe impulsen esas reformas, tienen de la misma manera el deber de garantizar a las parejas constituidas por personas del mismo sexo, igualdad y paridad de derechos respecto de las de distinto sexo, sin discriminación alguna”, dice la Cidh.
En Venezuela, continúa Unión Afirmativa, hay dos instrumentos que se refieren al matrimonio civil, el artículo 44 del Código Civil y el artículo 77 de la Constitución. La sentencia 190 es un recurso de interpretación de este último artículo, publicado en el año 2008. Según el texto, el matrimonio civil se mantiene para las parejas heterosexuales.
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La organización Género Consciencia rechazó las declaraciones de las dirigentes políticas Maribel Castillo y Mercedes Malavé, quienes esta semana se refirieron a los derechos de la población LGBTIQ+.
La diputada de la Asamblea Nacional, Maribel Castillo, dijo sobre el matrimonio igualitario que la propuesta tendría que discutirse y “dejar que la mayoría del pueblo decida”, de manera que no sea una “imposición” de ninguna de las partes involucradas.
“Sé que es un debate que se está dando, sé que es un debate fuerte, porque nosotros aquí en Latinoamérica, especialmente en Venezuela, la familia, nuestros valores no son esos. Pero yo respeto en la parte, como dice el amigo los derechos humanos, pero hay una Constitución que tenemos que respetar, que está por encima de todo y se puede cambiar, por supuesto. Lo que no se puede cambiar es la Biblia”, dijo la diputada el pasado 13 de mayo en programa Argumentos, transmitido por Globovisión.
Sobre sus declaraciones, la organización recordó que el artículo 59 de la Constitución establece que no se puede invocar creencias religiosas para eludir el cumplimiento de la ley ni para impedir a otro el ejercicio de sus derechos. Además, los derechos humanos no pueden ser objeto de consulta popular.
La dirigente del partido Unión y Progreso, Mercedes Malavé, cayó en desinformación. “Sería bueno preguntarle a los grupos LGBT si después le van a poner una P a su bandera, a sus siglas, porque hay quienes dicen que es legítimo tener esos impulsos o esa inclinación. No sé cómo llamarlo. A mí me parece terrible”, dijo para vincular a la población LGBTIQ+ con la pedofilia.
La Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha advertido que no existe ningún vínculo entre la homosexualidad y el abuso de menores. “La idea de presentar a las personas LGBT como ‘pedófilos’ o peligrosas para los niños es totalemente incorrecta y ofensiva y distrae de la necesidad de adoptar importantes medidas apropiadas para proteger a los niños, incluidas las que reconocen su orientación sexual y su identidad de género”, aclara la ONU.
Según explica la organización Unión Afirmativa, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) aclaró que la Convención Americana protege, en virtud del derecho a la protección de la vida privada y familiar, así como el derecho a la protección de la familia, el vínculo que puede derivar de una relación de una pareja del mismo sexo.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) estima que deben ser protegidos todos los derechos patrimoniales que se derivan del vínculo familiar entre personas del mismo sexo, sin discriminación alguna.
Por tanto, los Estados deben garantizarles el acceso a todas las figuras ya existentes en los ordenamientos jurídicos internos.
“Los Estados que tuviesen dificultades institucionales para adecuar las figuras existentes, transitoriamente, y en tanto de buena fe impulsen esas reformas, tienen de la misma manera el deber de garantizar a las parejas constituidas por personas del mismo sexo, igualdad y paridad de derechos respecto de las de distinto sexo, sin discriminación alguna”, dice la Cidh.
En Venezuela, continúa Unión Afirmativa, hay dos instrumentos que se refieren al matrimonio civil, el artículo 44 del Código Civil y el artículo 77 de la Constitución. La sentencia 190 es un recurso de interpretación de este último artículo, publicado en el año 2008. Según el texto, el matrimonio civil se mantiene para las parejas heterosexuales.