Una consulta «urgente» de la Ley para la Protección de los Activos, Derechos e Intereses de la República y sus Entidades en el Extranjero, ordenada por la directiva de la Asamblea Nacional (AN) de 2020, se realizó este 12 de mayo en el Palacio Legislativo. Acudieron representantes de instituciones públicas como el Ministerio Público y de organismos policiales, como la Policía Nacional Contra la Corrupción.
La propuesta legal de 11 artículos, distribuidos en dos capítulos, aprobada en primera discusión, tiene como objetivo, según su artículo 1, “proteger los activos, derechos e intereses de la República Bolivariana de Venezuela y sus entidades ubicados en el extranjero, frente a cualquier acto de enajenación o disposición por parte de personas que ilegal e ilegítimamente pretendan usurpar o atribuirse la representación de la República o sus entidades, en contravención de lo previsto en la Constitución y la ley”.
Los principales razonamientos contenidos en la exposición de motivos del proyecto de ley giran en torno al control de activos de la República por parte de la AN de 2015, antes el gobierno interino presidido por Juan Guaidó, en el exterior, congelados debido a las sanciones internacionales contra el gobierno de Nicolás Maduro, que califica de «ilegal» por lo que advierte sobre responsabilidades penales.
A continuación los aspectos más resaltantes del instrumento legal cuya sanción podría producirse en los próximos días en la plenaria de la AN con mayoría del chavismo:
Desconoce acuerdos externos. El artículo 8 declara «inexistente e ineficaz cualquier negociación, oferta, acuerdo, compromiso o acto de enajenación o disposición realizado en torno a cualquier activo, derecho o interés de la República o sus entidades ubicados en el extranjero, por parte de personas que se atribuyan la representación del país». El artículo 9 agrega que no se requiere pronunciamiento judicial.
Responsabilidad penal. La ley señala que será sancionado penalmente conforme a lo establecido en la legislación contra la corrupción y la delincuencia organizada, cualquier negociación, oferta, acuerdo, compromiso o actos de enajenación o disposición sobre cualquier activo, derecho o interés de la República o sus entidades ubicados en el extranjero, por parte de quienes se atribuyan la representación “ilegal” del país.
“Los bienes y efectos de personas a que hace referencia este artículo podrán ser objeto del procedimiento de extinción de dominio, de conformidad con la ley que regula la materia”, se advierte en el artículo 10.
15 a 20 años de prisión. El artículo 11 sanciona con pena de 15 a 20 años de prisión a los profesionales del derecho que participen directa o indirectamente en los acuerdos o negociaciones mencionados, realizados por quienes se atribuyan de manera “ilegal” la representación del país en el extranjero.
Queda sujeto además al procedimiento de extinción de dominio, de conformidad con la ley que regula la materia, por considerarse una actividad ilícita de delincuencia organizada.
Como justificación de la aprobación de la Ley de Protección de Activos, el chavismo también esgrime recientes decisiones del Departamento del Tesoro de Estados Unidos sobre no tomar «medidas coercitivas» para bloquear la subasta o un acuerdo negociado sobre las acciones de PDV Holding, empresa tenedora de Citgo, filial de Petróleos de Venezuela SA (Pdvsa) en suelo estadounidense.
El gobierno de Maduro denunció «remate» ilegal de las acciones de Citgo fuera del control de su gobierno desde 2019, con el fin de para «despojar» al Estado venezolano de su principal activo en el exterior, con «complicidad» de factores políticos nacionales.
EE. UU. autorizó además a la AN de 2015 a negociar la deuda de Pdvsa que contrajo el gobierno de Maduro con los acreedores.
Durante la primera discusión de la Ley, el presidente de la AN de 2020, Jorge Rodríguez, advirtió que si representantes de la oposición «no renuncian a las dádivas de la Oficina de Control de Bienes Extranjeros (OFAC), irán contra sus bienes en Venezuela» por ser actos de delincuencia organizada. Recalcó que también sería aplicada contra ellos la recién sancionada Ley Orgánica de Extinción de Dominio que permite confiscar bienes que se determinen como provenientes del delito.
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Una consulta «urgente» de la Ley para la Protección de los Activos, Derechos e Intereses de la República y sus Entidades en el Extranjero, ordenada por la directiva de la Asamblea Nacional (AN) de 2020, se realizó este 12 de mayo en el Palacio Legislativo. Acudieron representantes de instituciones públicas como el Ministerio Público y de organismos policiales, como la Policía Nacional Contra la Corrupción.
La propuesta legal de 11 artículos, distribuidos en dos capítulos, aprobada en primera discusión, tiene como objetivo, según su artículo 1, “proteger los activos, derechos e intereses de la República Bolivariana de Venezuela y sus entidades ubicados en el extranjero, frente a cualquier acto de enajenación o disposición por parte de personas que ilegal e ilegítimamente pretendan usurpar o atribuirse la representación de la República o sus entidades, en contravención de lo previsto en la Constitución y la ley”.
Los principales razonamientos contenidos en la exposición de motivos del proyecto de ley giran en torno al control de activos de la República por parte de la AN de 2015, antes el gobierno interino presidido por Juan Guaidó, en el exterior, congelados debido a las sanciones internacionales contra el gobierno de Nicolás Maduro, que califica de «ilegal» por lo que advierte sobre responsabilidades penales.
A continuación los aspectos más resaltantes del instrumento legal cuya sanción podría producirse en los próximos días en la plenaria de la AN con mayoría del chavismo:
Desconoce acuerdos externos. El artículo 8 declara «inexistente e ineficaz cualquier negociación, oferta, acuerdo, compromiso o acto de enajenación o disposición realizado en torno a cualquier activo, derecho o interés de la República o sus entidades ubicados en el extranjero, por parte de personas que se atribuyan la representación del país». El artículo 9 agrega que no se requiere pronunciamiento judicial.
Responsabilidad penal. La ley señala que será sancionado penalmente conforme a lo establecido en la legislación contra la corrupción y la delincuencia organizada, cualquier negociación, oferta, acuerdo, compromiso o actos de enajenación o disposición sobre cualquier activo, derecho o interés de la República o sus entidades ubicados en el extranjero, por parte de quienes se atribuyan la representación “ilegal” del país.
“Los bienes y efectos de personas a que hace referencia este artículo podrán ser objeto del procedimiento de extinción de dominio, de conformidad con la ley que regula la materia”, se advierte en el artículo 10.
15 a 20 años de prisión. El artículo 11 sanciona con pena de 15 a 20 años de prisión a los profesionales del derecho que participen directa o indirectamente en los acuerdos o negociaciones mencionados, realizados por quienes se atribuyan de manera “ilegal” la representación del país en el extranjero.
Queda sujeto además al procedimiento de extinción de dominio, de conformidad con la ley que regula la materia, por considerarse una actividad ilícita de delincuencia organizada.
Como justificación de la aprobación de la Ley de Protección de Activos, el chavismo también esgrime recientes decisiones del Departamento del Tesoro de Estados Unidos sobre no tomar «medidas coercitivas» para bloquear la subasta o un acuerdo negociado sobre las acciones de PDV Holding, empresa tenedora de Citgo, filial de Petróleos de Venezuela SA (Pdvsa) en suelo estadounidense.
El gobierno de Maduro denunció «remate» ilegal de las acciones de Citgo fuera del control de su gobierno desde 2019, con el fin de para «despojar» al Estado venezolano de su principal activo en el exterior, con «complicidad» de factores políticos nacionales.
EE. UU. autorizó además a la AN de 2015 a negociar la deuda de Pdvsa que contrajo el gobierno de Maduro con los acreedores.
Durante la primera discusión de la Ley, el presidente de la AN de 2020, Jorge Rodríguez, advirtió que si representantes de la oposición «no renuncian a las dádivas de la Oficina de Control de Bienes Extranjeros (OFAC), irán contra sus bienes en Venezuela» por ser actos de delincuencia organizada. Recalcó que también sería aplicada contra ellos la recién sancionada Ley Orgánica de Extinción de Dominio que permite confiscar bienes que se determinen como provenientes del delito.