La comisión que organizaba las actividades por el 239 aniversario de la Universidad de Los Andes (ULA) anunció la suspensión de los actos conmemorativos ante la decisión de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de anular los comicios de autoridades de esta casa de estudios.
En un comunicado, dijeron que sólo se realizará la misa de acción de gracias al que llamaron «un acto central, un encuentro de unión y fe de los universitarios en la búsqueda de la fortaleza, la sabiduría y la determinación necesarias para la recuperación de nuestra nación».
Al mismo tiempo cuestionaron la decisión del máximo juzgado del país, que la semana anterior, anunció la suspensión de los comicios en la ULA. Lo hicieron después de que un profesor jubilado introdujo un recurso contencioso electoral y de amparo cautelar, al estar en contra del reglamento que votaron las autoridades universitarias para el proceso interno en el que se iban a escoger rector, vicerrectores, secretario y los decanos de las diferentes facultades.
«Nuestra casa de estudios ha sido víctima de una nueva agresión judicial que suspendió las elecciones de autoridades por decisión del Tribunal Supremo de Justicia, violando una vez más el artículo 109 de la Constitución Nacional y el derecho de todos los universitarios a elegir sus autoridades«, dijo la comisión organizadora del 239 aniversario de la ULA.
También informaron que reprogramarán las actividades deportivas, culturales y recreativas que tenían previstas como parte de esta fecha, que harán «cuando las circunstancias sean más favorables».
Condena previa del ODH-ULA
El Observatorio de DDHH de la ULA (ODH-ULA) se pronunció este lunes, 25 de marzo, para condenar la decisión del TSJ sobre las elecciones universitarias, las segunda que suspende la Sala Electoral en los últimos cuatro meses.
Dijeron que la sentencia 015 «constituye una clara vulneración al derecho de participación política consagrado en la Declaración Universal de Derechos Humanos (art. 21), en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art. 25) y en la Convención Americana de Derechos Humanos (art. 23), así como en el artículo 62 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela», entre otros.