AN de 2015 publica en Gaceta Legislativa extensión de su mandato por 12 meses más
Parlamento con mayoría opositora se instala este 5 de enero

La Asamblea Nacional (AN) de 2015 publicó en Gaceta Legislativa la Ley de Reforma del Estatuto que rige la Transición a la Democracia para Restablecer la Vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la cual extiende la vigencia de esta instancia por 12 meses más, a partir del 5 de enero de 2024.

La publicación del instrumento legal en la página web del Parlamento con mayoría opositora confirma que su aprobación se hizo en sesión privada vía internet, el pasado 15 de diciembre, a la que según el diputado de Voluntad Popular (VP), Macario González, fueron convocados todos los diputados de 2015 y hubo quorum reglamentario, aunque se desconoce cuál fue la votación con la que se declaró aprobado.

«La continuidad constitucional del Poder Legislativo Nacional será ejercida por la Asamblea Nacional electa el 6 de diciembre de 2015, la cual podrá funcionar a través de la Comisión Delegada, hasta doce (12) meses continuos a partir del 5 de enero de 2024», establece el reformado artículo 7 del Estatuto sobre la continuidad constitucional, publicado en la Gaceta Legislativa número 76.

Competencias ratificadas

Entre las competencias de la AN de 2015 ratificadas en el artículo 8 del Estatuto están dar continuidad a las funciones del Poder Legislativo Nacional; la protección de los activos de la República en el exterior a través del Consejo de Administración y Protección de Activos; promover la transición a la democracia y autorizar la disposición de recursos indispensables para cumplir con los objetivos de la ley.

Además mantiene la función de tramitar la cooperación financiera internacional para dicha transición democrática y la «reversión» de la emergencia humanitaria, entre otras.

También, según el artículo 11, podrá designar representantes internacionales en materia de defensa de derechos humanos, lucha contra la corrupción, migración, ante organismos multilaterales y de protección de activos para EEUU, Reino Unido y donde sea requerido.

Aparte del Consejo de Protección de Activos permanecen igualmente vigentes por 12 meses más (artículos 20 y 22) el Consejo para la Administración del Programa de Gastos, Seguridad y Defensa de la Democracia y los miembros de la junta directiva ad hoc del Banco Central de Venezuela (BCV), así como la junta de administración ad hoc de Pdvsa.

El artículo 6 ratifica que las elecciones presidenciales del 20 de mayo 2018 y las parlamentarias del 6 de diciembre de 2020 no fueron legítimas y, por lo tanto, todos los actos emanados a partir de dichos eventos son «nulos e ineficaces» según los artículos 25 y 138 de la Constitución.

«En virtud de la situación extraordinaria de crisis política e institucional en el país donde se mantiene la usurpación por parte del régimen de Nicolás Maduro, y no existen garantías democráticas, situación la cual obliga a mantener la vigencia de la Asamblea Nacional como única institución electa democráticamente», se justifica igualmente la exposición de motivos.

Se trata del cuarto año de la extensión de la vigencia del Parlamento de 2015 «hasta tanto no haya elecciones libres en Venezuela» y el segundo año desde que se eliminara el gobierno interino que presidió Juan Guaidó desde 2019, cuando la AN de mayoría opositora declaró la vacante absoluta del cargo de presidente de la República al desconocer los comicios de 2018.

Fondo para la liberación de Venezuela

El carácter «secreto» o «privado» del debate de la continuidad genera dudas sobre las condiciones de la aprobación de los cambios al Estatuto, especialmente en cuanto si se dio con los votos necesarios.

El artículo 56 del Reglamento Interior y de Debates de la AN, vigente según la Gaceta Oficial del 8 de febrero de 2021, establece que todas las sesiones serán públicas, pero podrán declararse privadas o secretas mediante decisión de la mayoría absoluta de los presentes, a proposición de cualquiera de ellos.

«A diferencia de otros años en los que había ese debate sobre si la Asamblea continuaba o no continuaba, esta vez no, porque los diputados estuvimos claros que la Asamblea debía continuar, no hubo una fracción en contra de la continuidad, se hizo de manera más expedita y por eso el proceso no fue complejo como otros años», justificó una fuente parlamentaria que prefirió omitir su nombre.

En la Gaceta Legislativa 76 también fue publicada la reforma parcial de la Ley Especial del Fondo para la Liberación de Venezuela y Atención de Casos de Riesgo Vital, la cual solo modifica el artículo 10 para extender el instrumento legal hasta el 31 de diciembre de 2024.

La normativa es la que permite al Parlamento de 2015 autorizar los gastos indispensables para dar cumplimiento al Estatuto de Transición.

Está previsto que este 5 de enero se instale la AN de 2015 para iniciar el período 2024 y nombrar a su junta directiva. Vale recordar que es la AN de 2020, con mayoría del chavismo, que también se instala este viernes, la que tiene el control del Palacio Legislativo.

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