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Qué dice el reglamento de primarias: no cierra puerta al CNE y promete resguardar identidad de votantes

POLÍTICA · 19 OCTUBRE, 2022 22:15

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Deisy Martínez


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La Plataforma Unitaria Democrática hizo público el reglamento de primarias, que regirá la elección en del candidato presidencial de la oposición mayoritaria para los comicios previstos para 2024.

«La Plataforma Unitaria Democrática informa al país el texto definitivo del reglamento marco aprobado luego de un amplio proceso de consulta con factores políticos, así como con numerosos sectores de la sociedad civil», informó la coalición opositora en un comunicado de prensa enviado este miércoles 19 de octubre.

La instancia coordinada por el expresidente de la Asamblea Nacional (AN) y dirigente de Un Nuevo Tiempo (UNT), Omar Barboza, señaló que se trata de un reglamento de primarias base para que la Comisión Nacional de Primaria, próxima a ser designada, dicte la normativa necesaria para la ejecución de las reglas, «en su condición de ente rector del proceso» de primaria.

Qué dice el reglamento

El conjunto de reglas que consta de siete títulos, cuatro capítulos y 54 artículos tiene fecha el 6 de octubre como fecha de aprobación por parte de la coalición opositora. A continuación algunas claves de los aspectos más importantes.

▶️ Solo para candidatura presidencial. El artículo 1 especifica que se trata únicamente de la escogencia del abanderado o la abanderada a Miraflores, mientras que el artículo 2 precisa que la elección se hará por votación universal, directa y secreta de todos los venezolanos debidamente inscritos en el Registro Electoral (RE) que a tal fin apruebe la Comisión Nacional de Primaria (CP).

«Será candidata o candidato presidencial unitario quien obtenga mayoría de votos», se agrega.

Lea más en: Plataforma unitaria aprueba reglamento para primarias presidenciales de la oposición

Garantía de confidencialidad

▶️Protección. En el artículo 3 se señala que el reglamento busca garantizar: el derecho de todo elector a elegir libremente al candidato presidencial unitario; al sufragio activo y pasivo; un proceso en condiciones de igualdad, sin discriminación; imparcialidad, transparencia y confiabilidad de los actos electorales que se celebren bajo la rectoría de la CP, con el apoyo de las Juntas Regionales y las Mesas Electorales.

Asimismo, se promete especialmente proteger la confidencialidad de la identidad de los votantes y el respeto a la voluntad popular.

▶️ Compromiso. Se indica que todos los partidos políticos, instituciones, individualidades y candidatos a medirse en la primaria presidencial (artículo 4) deben asumir el reglamento que regirá el proceso y reconocer y apoyar al candidato ganador.

▶️Voto exterior. El artículo 5 indica, sin mayores detalles, que la CP «promoverá los mecanismos viables a los efectos de la participación de los electores en el exterior» y que fijará una fecha de corte del RE con los venezolanos mayores de edad, debidamente inscritos.

En el artículo siguiente se habla de la promoción de gestiones para la inscripción en el RE de aquellos venezolanos excluidos. También se promoverá la reubicación de los electores o electoras inscritos en lugares distintos a aquel donde viven.

▶️ Vigilancia del proceso. Los electores tienen derecho a participar como veedores en el proceso electoral de su respectiva circunscripción electoral, tanto al momento de votar como en la verificación ciudadana (artículo 7).

Requisitos para candidatos

▶️Elegibilidad y postulación. Venezolano de nacimiento y sin otra nacionalidad; mayor de 30 años y de estado seglar; haber «demostrado un compromiso inequívoco con la lucha por la libertad, el rescate de la democracia, el respeto de los derechos humanos, la libertad de los presos políticos y el regreso de los exiliados y suscribir una declaración de principios democráticos que le presentará la CP (artículo 8).

Los aspirantes a la candidatura unitaria a Miraflores deben suscribir además un programa «mínimo de gobierno» acordado entre los precandidatos en consulta con sectores políticos y sociales, acatar las instrucciones de la CP, los resultados electorales y comprometerse a apoyar a quien obtenga más votos en la primaria.

También deben asumir una cuota del costo del proceso, establecida por la CP. En el caso de los postulados por iniciativa propia, deberán respaldar su postulación con la firma de, al menos, 0,5% de los inscritos en el RE.

La normativa no alude a inhabilitaciones políticas ni a los dirigentes de partidos judicializados como Acción Democrática, Voluntad Popular o miembros de la llamada Alianza Democrática que forman parte de la AN de 2020.

Contempla apoyo técnico

▶️ Integración de la CP. El artículo 10 especifica que la CP estará constituida por cinco miembros principales con sus respectivos suplentes, postulados por organizaciones políticas, de la sociedad civil y personalidades. Dichos integrantes, encabezados por un presidente y un vicepresidente elegidos en su seno, deben ser venezolanos y de «reconocida solvencia moral e independencia partidista».

Entre las atribuciones del presidente de la CP (artículo 11) están: Ejercer la representación de la CP ante instancias nacionales e internacionales; ser el vocero ante la opinión pública; proponer a la CP los instructivos y normativas necesarias sobre el proceso de primaria; someter a consideración de la CP la designación de comisiones asesoras y técnicas y presentar un informe final de la elección de la candidatura unitaria

Las decisiones en la CP (artículo 14) se adoptarán por una mayoría de cuatro votos de los miembros principales, salvo en los casos en los que se requiera la unanimidad.

▶️Solicitud de apoyo técnico. Entre las atribuciones establecidas en el artículo 16 destacan: Realizar las gestiones destinadas a obtener el financiamiento requerido para la primaria, así como dictar las normas relativas a las contribuciones económicas y solicitar, si lo estima conveniente, el apoyo logístico o técnico de organismos nacionales o internacionales con competencia o experiencia en materia electoral.

En dicho apartado, ante la posibilidad de que se recurra al Consejo Nacional Electoral (CNE) para apoyo técnico y logístico, se hace de nuevo énfasis en que se preservará «en todo caso» la identidad del votante.

▶️ Veedores nacionales e internacionales. La CP tiene la potestad de invitar y acreditar a personalidades, organizaciones nacionales o extranjeras como observadores en las etapas de la elección primaria; recibir y procesar las postulaciones de los candidatos; designar a los miembros de las juntas regionales; definir el número y la ubicación de los centros y mesas de votación, con la anticipación necesaria y coordinar el proceso de acreditación de los miembros de mesa y testigos principales y suplentes de los candidatos.

Igualmente tendrá a su cargo además de la totalización de los resultados y la proclamación del ganador, procesar y resolver las denuncias o impugnaciones que se presenten durante y posterior al proceso. También está obligada según el reglamento a rendir cuentas sobre la ejecución del plan logístico nacional y su presupuesto.

Otras reglas

En el reglamento divulgado por la Plataforma Unitaria también se contemplan otros aspectos como la conformación, funcionamiento y atribuciones de las Juntas Regionales que llevarán adelante las primarias en cada uno de los estados del país (artículos 17 al 22), el corte del RE; nucleación de centros de votación, la campaña electoral; testigos y mesas electorales; material y acto de votación; totalización y proclamación; impugnaciones e incluso los casos en los que puede proceder la nulidad de la elección.

▶️ Horario de votación. El artículo 41 señala que el horario de votación iniciará a las 8:00 a.m. y cerrará a las 4:00 p.m., salvo que haya electores esperando en cola. La CP puede prorrogar el lapso de votación por causas justificadas.

Lea más en: Dirigentes políticos aseguran que reglamento de primarias fue «ampliamente» consultado

El único documento requerido a los electores el día de la votación, que será dado a conocer por la CP en conjunto con el cronograma electoral, es la cédula de identidad laminada vigente o vencida (artículo 44).

▶️ Proclamación. La proclamación de la candidata o candidato unitario será realizador por la CP dentro de las 48 horas siguientes a la totalización (artículo 49). Luego se abrirá un lapso de 24 horas para la presentación de las impugnaciones de los resultados en el caso de que existan.

En el caso de una eventual anulación del proceso de primaria, el artículo 51 señala como causales: Cuando hubiere mediado fraude, cohecho, soborno o violencia en alguna etapa del proceso, y el vicio afecte el resultado de la elección y cuando fuere imposible determinar la voluntad general del electorado. La decisión de una eventual nulidad requiere del voto unánime de todos los miembros de la CP.

«Todo lo no previsto en este Reglamento será resuelto por la CP, en consulta con los factores políticos que respaldan el proceso» expresa una de las disposiciones finales del reglamento.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

POLÍTICA · 19 OCTUBRE, 2022

Qué dice el reglamento de primarias: no cierra puerta al CNE y promete resguardar identidad de votantes

Texto por Deisy Martínez

La Plataforma Unitaria Democrática hizo público el reglamento de primarias, que regirá la elección en del candidato presidencial de la oposición mayoritaria para los comicios previstos para 2024.

«La Plataforma Unitaria Democrática informa al país el texto definitivo del reglamento marco aprobado luego de un amplio proceso de consulta con factores políticos, así como con numerosos sectores de la sociedad civil», informó la coalición opositora en un comunicado de prensa enviado este miércoles 19 de octubre.

La instancia coordinada por el expresidente de la Asamblea Nacional (AN) y dirigente de Un Nuevo Tiempo (UNT), Omar Barboza, señaló que se trata de un reglamento de primarias base para que la Comisión Nacional de Primaria, próxima a ser designada, dicte la normativa necesaria para la ejecución de las reglas, «en su condición de ente rector del proceso» de primaria.

Qué dice el reglamento

El conjunto de reglas que consta de siete títulos, cuatro capítulos y 54 artículos tiene fecha el 6 de octubre como fecha de aprobación por parte de la coalición opositora. A continuación algunas claves de los aspectos más importantes.

▶️ Solo para candidatura presidencial. El artículo 1 especifica que se trata únicamente de la escogencia del abanderado o la abanderada a Miraflores, mientras que el artículo 2 precisa que la elección se hará por votación universal, directa y secreta de todos los venezolanos debidamente inscritos en el Registro Electoral (RE) que a tal fin apruebe la Comisión Nacional de Primaria (CP).

«Será candidata o candidato presidencial unitario quien obtenga mayoría de votos», se agrega.

Lea más en: Plataforma unitaria aprueba reglamento para primarias presidenciales de la oposición

Garantía de confidencialidad

▶️Protección. En el artículo 3 se señala que el reglamento busca garantizar: el derecho de todo elector a elegir libremente al candidato presidencial unitario; al sufragio activo y pasivo; un proceso en condiciones de igualdad, sin discriminación; imparcialidad, transparencia y confiabilidad de los actos electorales que se celebren bajo la rectoría de la CP, con el apoyo de las Juntas Regionales y las Mesas Electorales.

Asimismo, se promete especialmente proteger la confidencialidad de la identidad de los votantes y el respeto a la voluntad popular.

▶️ Compromiso. Se indica que todos los partidos políticos, instituciones, individualidades y candidatos a medirse en la primaria presidencial (artículo 4) deben asumir el reglamento que regirá el proceso y reconocer y apoyar al candidato ganador.

▶️Voto exterior. El artículo 5 indica, sin mayores detalles, que la CP «promoverá los mecanismos viables a los efectos de la participación de los electores en el exterior» y que fijará una fecha de corte del RE con los venezolanos mayores de edad, debidamente inscritos.

En el artículo siguiente se habla de la promoción de gestiones para la inscripción en el RE de aquellos venezolanos excluidos. También se promoverá la reubicación de los electores o electoras inscritos en lugares distintos a aquel donde viven.

▶️ Vigilancia del proceso. Los electores tienen derecho a participar como veedores en el proceso electoral de su respectiva circunscripción electoral, tanto al momento de votar como en la verificación ciudadana (artículo 7).

Requisitos para candidatos

▶️Elegibilidad y postulación. Venezolano de nacimiento y sin otra nacionalidad; mayor de 30 años y de estado seglar; haber «demostrado un compromiso inequívoco con la lucha por la libertad, el rescate de la democracia, el respeto de los derechos humanos, la libertad de los presos políticos y el regreso de los exiliados y suscribir una declaración de principios democráticos que le presentará la CP (artículo 8).

Los aspirantes a la candidatura unitaria a Miraflores deben suscribir además un programa «mínimo de gobierno» acordado entre los precandidatos en consulta con sectores políticos y sociales, acatar las instrucciones de la CP, los resultados electorales y comprometerse a apoyar a quien obtenga más votos en la primaria.

También deben asumir una cuota del costo del proceso, establecida por la CP. En el caso de los postulados por iniciativa propia, deberán respaldar su postulación con la firma de, al menos, 0,5% de los inscritos en el RE.

La normativa no alude a inhabilitaciones políticas ni a los dirigentes de partidos judicializados como Acción Democrática, Voluntad Popular o miembros de la llamada Alianza Democrática que forman parte de la AN de 2020.

Contempla apoyo técnico

▶️ Integración de la CP. El artículo 10 especifica que la CP estará constituida por cinco miembros principales con sus respectivos suplentes, postulados por organizaciones políticas, de la sociedad civil y personalidades. Dichos integrantes, encabezados por un presidente y un vicepresidente elegidos en su seno, deben ser venezolanos y de «reconocida solvencia moral e independencia partidista».

Entre las atribuciones del presidente de la CP (artículo 11) están: Ejercer la representación de la CP ante instancias nacionales e internacionales; ser el vocero ante la opinión pública; proponer a la CP los instructivos y normativas necesarias sobre el proceso de primaria; someter a consideración de la CP la designación de comisiones asesoras y técnicas y presentar un informe final de la elección de la candidatura unitaria

Las decisiones en la CP (artículo 14) se adoptarán por una mayoría de cuatro votos de los miembros principales, salvo en los casos en los que se requiera la unanimidad.

▶️Solicitud de apoyo técnico. Entre las atribuciones establecidas en el artículo 16 destacan: Realizar las gestiones destinadas a obtener el financiamiento requerido para la primaria, así como dictar las normas relativas a las contribuciones económicas y solicitar, si lo estima conveniente, el apoyo logístico o técnico de organismos nacionales o internacionales con competencia o experiencia en materia electoral.

En dicho apartado, ante la posibilidad de que se recurra al Consejo Nacional Electoral (CNE) para apoyo técnico y logístico, se hace de nuevo énfasis en que se preservará «en todo caso» la identidad del votante.

▶️ Veedores nacionales e internacionales. La CP tiene la potestad de invitar y acreditar a personalidades, organizaciones nacionales o extranjeras como observadores en las etapas de la elección primaria; recibir y procesar las postulaciones de los candidatos; designar a los miembros de las juntas regionales; definir el número y la ubicación de los centros y mesas de votación, con la anticipación necesaria y coordinar el proceso de acreditación de los miembros de mesa y testigos principales y suplentes de los candidatos.

Igualmente tendrá a su cargo además de la totalización de los resultados y la proclamación del ganador, procesar y resolver las denuncias o impugnaciones que se presenten durante y posterior al proceso. También está obligada según el reglamento a rendir cuentas sobre la ejecución del plan logístico nacional y su presupuesto.

Otras reglas

En el reglamento divulgado por la Plataforma Unitaria también se contemplan otros aspectos como la conformación, funcionamiento y atribuciones de las Juntas Regionales que llevarán adelante las primarias en cada uno de los estados del país (artículos 17 al 22), el corte del RE; nucleación de centros de votación, la campaña electoral; testigos y mesas electorales; material y acto de votación; totalización y proclamación; impugnaciones e incluso los casos en los que puede proceder la nulidad de la elección.

▶️ Horario de votación. El artículo 41 señala que el horario de votación iniciará a las 8:00 a.m. y cerrará a las 4:00 p.m., salvo que haya electores esperando en cola. La CP puede prorrogar el lapso de votación por causas justificadas.

Lea más en: Dirigentes políticos aseguran que reglamento de primarias fue «ampliamente» consultado

El único documento requerido a los electores el día de la votación, que será dado a conocer por la CP en conjunto con el cronograma electoral, es la cédula de identidad laminada vigente o vencida (artículo 44).

▶️ Proclamación. La proclamación de la candidata o candidato unitario será realizador por la CP dentro de las 48 horas siguientes a la totalización (artículo 49). Luego se abrirá un lapso de 24 horas para la presentación de las impugnaciones de los resultados en el caso de que existan.

En el caso de una eventual anulación del proceso de primaria, el artículo 51 señala como causales: Cuando hubiere mediado fraude, cohecho, soborno o violencia en alguna etapa del proceso, y el vicio afecte el resultado de la elección y cuando fuere imposible determinar la voluntad general del electorado. La decisión de una eventual nulidad requiere del voto unánime de todos los miembros de la CP.

«Todo lo no previsto en este Reglamento será resuelto por la CP, en consulta con los factores políticos que respaldan el proceso» expresa una de las disposiciones finales del reglamento.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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