27.3 C
Caracas
lunes, 28 marzo, 2022

Entra en vigencia la Ley de los Impuestos a las Grandes Transacciones Financieras: esto debes saber

El contenido de la Ley de Impuesto no incluye la normativa que se aplicará para cobrar el tributo, principalmente el que se genere cuando una persona natural le paga a un contribuyente especial

-

Caracas.- Mediante la Gaceta Oficial N° 6.687 del 25 de febrero de 2022, el Decreto ley dictado por Nicolás Maduro en 2015 ahora pasa a tener carácter de Ley: se trata del cobro del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras que entra en vigencia este lunes 28 de marzo y gravará las transacciones en divisas y criptomonedas.

El contenido de la Ley de Impuesto no incluye la normativa que se aplicará para cobrar el tributo, principalmente el que se genere cuando una persona natural le paga a un contribuyente especial. La vigencia de las exoneraciones y la no sujeción del nuevo IGTF será de un año a partir de su publicación.

A continuación algunos puntos que debes saber:

  • De acuerdo con las declaraciones del abogado, el Seniat establece que la Ley será aplicada a Sujetos Pasivos Especiales. «Básicamente son casi todas empresas», explicó Daniel Betancourt, abogado y especialista en Derecho Financiero.
  • El IGTF establece que los pagos serán: pagos en divisas por cuentas nacionales en $: del 2 al 8% y pagos en divisas a Sujetos Pasivo Especial (todas las empresas): del 2 al 20%.
  • En el caso de las transacciones hechas fuera del sistema financiero, el impuesto aplica solo a los pagos a contribuyentes especiales.
  • La factura emitida por los sujetos pasivos especiales debe reflejar el porcentaje que se cobrará sobre el monto base y el impuesto correspondiente, para ello es necesario ajustar las máquinas fiscales en los casos que sea necesario. Las facturas de forma libre también deberán reflejar estos datos y si son impresas se debe colocar de manera manual hasta agotar el talonario.
  • No están sujetos al pago del impuesto las operaciones cambiarias realizadas por personas naturales y jurídicas; los pagos en bolívares con tarjetas de débito o crédito nacionales e internacionales desde cuentas en divisas; los pagos en monedas distintas al bolívar y criptomonedas diferentes al petro y las remesas enviadas desde el exterior.
  • El texto legal designa a los sujetos pasivos especiales, calificados y notificados expresamente por el Seniat de esta forma según sus ingresos anuales, como agentes de percepción del mencionado tributo, es decir, serán los encargados de cobrar el impuesto por los pagos recibidos en moneda distinta al bolívar o en criptomonedas diferentes al petro, con el fin de entregarlo al fisco nacional.

Miles de venezolanos en las zonas más desconectadas de nuestro país visitan diariamente El Pitazo para conseguir información indispensable en su día a día. Para muchos de ellos somos la única fuente de noticias verificadas y libres de parcialidades políticas.

- Advertisement -

Sostener la operación de este medio de comunicación independiente es cada vez más caro y difícil. Por eso creamos un programa de membresías: No cobramos por informar, pero apostamos porque los lectores vean el valor de nuestro trabajo y contribuyan con un aporte económico que es cada vez más necesario.

Forma parte de la comunidad de Superaliados o da un aporte único.

Asegura la existencia de El Pitazo con una contribución monetaria que se ajuste a tus posibilidades.

HAZTE SUPERALIADO/A

Es completamente seguro y solo toma 1 minuto.

Ayúdanos a cubrir todo el país
Hazte Superaliado/a