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Caracas
jueves, 10 febrero, 2022

Sudeban flexibiliza requisitos para abrir cuentas bancarias en Venezuela: aquí los resumimos

Los requisitos para abrir cuentas en moneda extranjera mantendrán los mismos requisitos, limitaciones y montos, de los niveles establecidos, de acuerdo a su equivalencia según la tasa establecida por el Banco Central de Venezuela (BCV)

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Caracas.– La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) informaron este jueves, 10 de febrero, a la banca venezolana en la que les informa sobre una flexibilización de los requisitos que deben solicitar a las personas naturales para poder abrir cuentas bancarias.

Toman en consideración las variables que modifican la calificación de riesgo en materia de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva publicada en la Gaceta Oficial. Estos son los requisitos para abrir una cuenta ahorro o corriente:

-Cuentas de ahorro o corrientes de Personas Naturales – Nivel 1:

Este tipo de cuentas son exclusivamente para personas naturales y podrán movilizar una cantidad de 1.000 bolívares mensuales. Los requisitos a recabar por los bancos para poder abrir estas cuentas serán:

  • Cédula de identidad laminada y legible del solicitante vigente o vencida.
  • Dirección del titular.
  • En caso de ser extranjero, el pasaporte legible.

CLAVES | Ventajas y desventajas de abrir una cuenta en divisas

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-Cuentas de ahorro o corrientes de Personas Naturales – Nivel 2:

Este tipo de cuenta también es solo para personas naturales, pero podrán movilizar montos mayores a 1.000 bolívares mensuales. Los requisitos a recabar para poder abrir esta cuenta serán:

  • Cédula de identidad laminada y legible del solicitante vigente o vencida.
  • Dirección del titular.
  • Copia del Registro Único de Información Fiscal (R.I.F.) legible y vigente del titular.
  • En caso de ser extranjero, el pasaporte legible.
  • Certificación de ingresos, (atestiguamiento) cuando se trate de personas de libre actividad económica.
  • Constancia de trabajo, cuando se trate de personas bajo dependencia laboral.

En cuanto a las cuentas en moneda extranjera, se mantendrán los mismos requisitos, limitaciones y montos, de los niveles aquí establecidos de acuerdo a su equivalencia según la tasa establecida por el Banco Central de Venezuela (BCV).

Los requisitos correspondientes a Personas Jurídicas mantendrán su vigencia.

Para abrir cuentas bancarias de cualquier tipo, será requisito indispensable realizar una entrevista con el solicitante; la cual podrá ser de forma presencial o a través de medios virtuales disponibles, video llamada o video conferencia, esto dependerá de cada institución bancaria.

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