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miércoles, 5 mayo, 2021

Mérida | Douglas Rico informa con demora y errores sobre caso de presunta pornografía

A través de su cuenta en Instagram Douglas Rico, director del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc), informó ayer lunes 3 de mayo sobre un caso de presunta pornografía en Mérida, cuyos implicados fueron puestos en libertad condicional el 20 de abril acusados de "ultraje al pudor" y no de delitos pornográficos

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Mérida.- Este lunes 3 de mayo el director del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc), Douglas Rico, informó a través de su cuenta en Instagram que seis personas pertenecientes a la banda «Los Seductores» fueron detenidas en Mérida por hacer pornografía. El hecho al que se refiere Rico ocurrió el 16 de abril y cuatro días después los detenidos fueron puestos en libertad condicional, al no hallar pruebas de delitos pornográficos.

«Funcionarios de la Delegación Municipal Mérida, materializaron la desarticulación de una red de pornografía, autodenominados Los Seductores, en la avenida Las Américas, parroquia Spinetti Dini, municipio Libertador del estado Mérida, al detener a sus seis integrantes», dice la publicación en Instagram del funcionario, cuyo usuario es @douglasricovzla.

Seguidamente Rico menciona los nombres y apellidos de los seis implicados, cuatro hombres y dos mujeres, que coinciden con los referidos en la minuta emitida por la Región Estratégica de Defensa Integral Policial Los Andes (Redip Los Andes) el 16 de abril de 2021, a la que tuvo acceso El Pitazo. El caso fue identificado en el Ministerio Público con el expediente número LP01-P-2021-000719.

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Ultraje al pudor, no pornografía

Cuatro días después de la detención, el 20 de abril, el Tribunal de Control N° 2 municipal de Mérida emitió una boleta de libertad con medidas cautelares a los seis detenidos, identificada con el número CJPM-BOL-M-2021-000262, a la que también tuvo acceso El Pitazo. En la misma se refiere el delito de «ultraje al pudor» y no pornografía. La fuente policial que informó del hecho a este medio de comunicación indicó que en los equipos incautados a los detenidos (tres teléfonos celulares y una computadora de escritorio) no había evidencias de delitos pornográficos.

El delito de ultraje al pudor está tipificado en el Código Penal venezolano, específicamente en el artículo 381 que refiere lo siguiente: «Todo individuo que, fuera de los casos indicados en los artículos precedentes, haya ultrajado el pudor y las buenas costumbres por actos cometidos en lugar público o expuesto a la vista del público será castigado con prisión de tres a quince meses».

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Varios usuarios comentaron en la referida publicación de Instagram del director del Cicpc que el caso había ocurrido hace dos semanas y que los implicados se encontraban en libertad. En horas de la tarde de este martes 4 de mayo ya no era posible hacer comentarios en dicha publicación.

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