Alex Saab aguarda una posible extradición a Estados Unidos

De acuerdo con las leyes de Cabo Verde, país africano donde fue detenido el empresario colombiano Alex Saab, cinco son los pasos para iniciar el procedimiento judicial de extradición, si así lo solicita Estados Unidos

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Foto EFE

Caracas. El empresario colombiano Alex Saab, capturado la noche del viernes 12 de junio en Cabo Verde, África, aguarda una posible extradición a Estados Unidos, confirmó a El Pitazo Zair Mundaray, exdirector general del Ministerio Público.

Para ello, Estados Unidos deberá notificar a Interpol su interés en iniciar o no el proceso de extradición del empresario colombiano, acusado por la justicia de Estados Unidos de ser testaferro del gobierno de Nicolás Maduro. Sobre Saab pesaba una circular azul de Interpol.

«Estados Unidos debe demostrar ahora que tiene una orden de detención válida, conforme a la ley local, en este caso de un juez», explicó Mundaray sobre los pasos que, de ahora en adelante, debe seguir el gobierno de Donald Trump para lograr una eventual extradición.

Mundaray considera que Saab puede enfrascarse en una batalla legal para demostrar que su detención responde a una persecución política, como ocurrió al exjefe de Inteligencia y Contrainteligencia Militar Hugo El Pollo Carvajal, en un intento por evitar la extradición.

De acuerdo con las leyes de ese país africano, los pasos para iniciar el procedimiento judicial de extradición son los siguientes:

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1. Interpol debe notificar al país solicitante, mediante un radio (documento policial), y este manifestar su interés o no en seguir el proceso.

2. Si manifiesta su interés, se inicia el proceso de extradición

3. En este caso, Saab deberá presentarse ante un juez, que le dictará detención preventiva hasta que Estados Unidos, como solicitante, envíe los recaudos que señalan los cargos y delitos que se le atribuyen.


4.- Sabb deberá acudir a la audiencia, donde podrá defenderse, no del fondo de la acusación, como le ocurrió al exjefe de Inteligencia y Contrainteligencia Militar Hugo El Pollo Carvajal, sino de las formas.

5. La justicia verificará la identidad, prescripción, que el hecho sea delito también en el Estado requerido, así como la mínima gravedad, es decir, que el delito no sea de poca monta. Tampoco que sea un delito político o militar.

6. Si se cumplen estos requisitos, la justicia ordenará su extradición.

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