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viernes, 23 agosto, 2024

Tribunal Supremo de Justicia convalida resultados del CNE que dan victoria a Maduro

En la lectura de la sentencia, la magistrada y presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, Caryslia Rodríguez, enfatizó que la decisión de la Sala Electoral ratifica su competencia para "certificar de manera irrestricta" los resultados del proceso electoral del 28 de julio

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Caracas.- La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) anunció este jueves 22 la sentencia que, según detalló la magistrada Caryslia Beatriz Rodríguez, presidenta del TSJ, convalida los resultados anunciados por el Consejo Nacional Electoral (CNE) que declaró como ganador de la elección presidencial del 28 de julio al gobernante Nicolás Maduro.

«Esta sala declara con lugar el recurso contencioso, en base al peritaje realizado de manera irrestricta e inequívoca (…) Certifica de forma inobjetable el material y convalida los resultados de la elección presidencial, donde resultó electo el ciudadano Nicolás Maduro como presidente de la República», detalló Rodríguez al leer la sentencia.

La Sala Electoral del TSJ inició el peritaje para la validación de los resultados el 5 de agosto, luego de que Maduro, el 31 de julio, introdujo un recurso contencioso electoral con el objetivo de que el órgano judicial —dijo Maduro entonces— aclarara todo sobre los resultados que anunció el CNE en dos boletines. Sin embargo, transcurridos 25 días de la elección, el ente comicial no ha publicado esos resultados de forma desagregada por mesa, como está obligado por ley.

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De acuerdo con Rodríguez, la sentencia de este jueves exhorta al CNE a publicar los resultados de la elección presidencial del 28 de julio convalidados por el TSJ. Además, la magistrada precisó que todo el material electoral físico y digital que entregó el CNE, así como 33 de los 38 partidos políticos que acudieron al TSJ, «queda en resguardo de la Sala Electoral».

La Sala Electoral del TSJ anunció el 15 de agosto el inicio de la revisión del material electoral físico y digital que entregó el CNE y a los cuales no han tenido acceso ni candidatos ni partidos políticos que participaron en la elección presidencial. Ese día la magistrada Rodríguez dijo que también comenzarían el «peritaje sobre el ataque cibernético del que fue objeto el sistema electoral».

La Organización de las Naciones Unidas (ONU), mediante el Consejo de Derechos Humanos, alertó este mismo jueves, antes de que la Sala Electoral anunciara su sentencia, de que la Misión de Determinación de los Hechos sobre Venezuela advierte sobre la falta de independencia e imparcialidad tanto del CNE como del TSJ.

Diversas organizaciones, como el Observatorio Electoral Venezolano (OEV) y la ONG Acceso a la Justicia, también alertaron sobre aspectos llamativos que tienen que ver con la usurpación de funciones exclusivas del CNE por la Sala Electoral y con la finalidad y objeto del recurso que introdujo Maduro.

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En la lectura de la sentencia, Rodríguez enfatizó que la decisión de la Sala ratifica su competencia en un proceso judicial de verificación «para certificar de manera irrestricta los resultados del proceso electoral».

El excandidato presidencial postulado por el partido Centrados, Enrique Márquez, solicitó el 13 de agosto a los magistrados de la Sala Electoral la nulidad del proceso judicial por los vicios procesales en que ha incurrido la Sala al admitir el recurso que introdujo Maduro, cuyo contenido, según denunció Márquez, se desconoce.

Márquez, exrector del CNE, acudió esta semana al TSJ para introducir una solicitud de recusación contra la magistrada Rodríguez por su vinculación con el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) y con Maduro. Márquez denunció también la imposibilidad de que sus testigos, como excandidato presidencial, participaran en la experticia que ejecutó la Sala Electoral.

Por su parte, el excandidato unitario de la oposición mayoritaria, Edmundo González, expresó este jueves 22 en la red social X que «ninguna sentencia sustituirá la soberanía popular». «Señores del TSJ: el país y el mundo conocen su parcialidad y, por ende, su incapacidad de resolver el conflicto; su decisión solo agravará la crisis».

A su vez, la líder opositora, María Corina Machado, afirmó también este jueves en sus redes sociales que «no existe maniobra alguna que pueda otorgarle un ápice de legitimidad» a Maduro «frente al golpe de Estado que pretende perpetrar».

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Además de las denuncias de excandidatos presidenciales, abogados y especialistas, como el decano de la Facultad de Ciencias Políticas y Jurídicas, Juan Carlos Apitz, alertaron sobre la nulidad de una sentencia de la Sala Electoral del TSJ, pues no tiene competencia para certificar los resultados electorales.

«El TSJ puede decir lo que sea. La sentencia es nula; es inexistente en el mundo jurídico. Los abogados decimos: ‘es nula de nulidad absoluta‘», manifestó Apitz en la red social X.

Sin publicar aún datos de las actas de escrutinio de la elección presidencial del 28 de julio, el CNE emitió un primer boletín la madrugada del 29 de julio, cuando detalló que Maduro obtuvo 5 millones 150.092 votos (51.20 %) y González Urrutia, 4 millones 445.978 votos (44.2%).

En un apresurado acto el mismo 29 de julio, el CNE proclamó a Maduro como presidente electo. Cuatro días después, el 2 de agosto, el ente comicial anunció el segundo boletín, en el que detalló que Maduro obtuvo 6 millones 408.844 votos (51,95 %), mientras que González Urrutia obtuvo 5 millones 326.104 votos (43,18 %).

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La oposición mayoritaria divulgó otros resultados electorales en la página https://resultadosconvzla.com/, basados en las 25.073 actas de escrutinio (83,50 %) que recibieron de sus testigos electorales y que fueron digitalizadas.

De acuerdo con la información detallada de las actas que divulgó la oposición mayoritaria, González Urrutia obtuvo la victoria, con 7 millones 303.480 votos (67 %), mientras que Maduro obtuvo 3 millones 316.142 votos (30 %).

La magistrada Rodríguez detalló que remitirá una copia de la sentencia al fiscal general de la República, Tarek William Saab, para que sea incorporada a la investigación penal que ejecuta el Ministerio Público sobre lo que calificó de hechos irregulares y que tienen que ver con la publicación de la información de las actas que divulgó la oposición mayoritaria.

La remisión de la copia de la sentencia al fiscal general se hace «por la presunta comisión de los delitos de usurpación de funciones, forjamiento de documentos públicos, instigación a la desobediencia de las leyes, delitos informáticos, asociación para delinquir y conspiración. En virtud de los documentos presuntamente falsos o forjados cargados en la página web www.resultadosconvzla.com», precisó la presidenta del TSJ.

El 15 de agosto, la magistrada Rodríguez precisó que la sentencia de la Sala Electoral en respuesta al recurso que introdujo Maduro tendría carácter de «cosa juzgada por ser este órgano jurisdiccional la máxima instancia judicial en materia electoral, por lo que sus decisiones son inapelables y de obligatorio acatamiento«.

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