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jueves, 8 agosto, 2024

¿Qué dice la Constitución de Venezuela sobre el derecho a la privacidad de las comunicaciones?

La ONG Espacio Público explica qué debe hacer un ciudadano en caso de que se le vulnere su derecho a la comunicación privada

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Caracas.- La Constitución nacional de la República de Venezuela protege, en su artículo 48, el derecho a la privacidad de las comunicaciones, un principio fundamental en cualquier democracia que respeta los derechos humanos.

¿Qué dice el artículo 48?

«Toda persona tiene derecho al respeto de su correspondencia y comunicaciones, sin que pueda ser interceptada ni secretamente registrada, salvo por orden de juez competente en los casos y formas establecidos por la ley».

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¿Qué quiere decir?

El artículo 48 consagra el derecho de cada individuo a la privacidad de su correspondencia y comunicaciones. Esto incluye no solo cartas y correos electrónicos, sino también llamadas telefónicas y mensajes de texto. La esencia de esta protección es garantizar que las comunicaciones personales no sean interferidas sin el debido proceso legal.

La única excepción a esta protección es la autorización de un juez competente. Esto significa que, en circunstancias excepcionales, las autoridades pueden intervenir en las comunicaciones de una persona, pero solo si existe una orden judicial específica que lo permita. Esta medida asegura que cualquier intervención sea supervisada judicialmente y se realice dentro del marco legal.

¿Qué hacer si un funcionario quiere revisar tus equipos de comunicación?

A través de redes sociales se ha dado a conocer que funcionarios han confiscado equipos de prensa y de la sociedad civil para revisar material de comunicación, pero sin cumplir con un proceso establecido por la ley.

La revisión de teléfonos celulares sin una orden judicial contradice el artículo 48. Si las autoridades están accediendo a la información de los teléfonos sin el respaldo de una orden judicial, esto puede tomarse como una violación directa del derecho a la privacidad de las comunicaciones.

Los ciudadanos tienen el derecho a exigir que sus comunicaciones sean respetadas y protegidas conforme a lo establecido por la Constitución. Cualquier práctica que implique la revisión de comunicaciones debe estar debidamente justificada y autorizada por un proceso legal transparente. Teniendo en cuenta esta norma, la ONG Espacio Público expone las exigencias que deben cumplirse si un funcionario desea revisar un equipo de comunicación:

1-. Se debe dejar constancia escrita dentro de un acta, a la cual la persona afectada y su defensa deben tener acceso de manera inmediata.

2-. En caso de proceder a la incautación de bienes o propiedades, debes ser informado/a de forma expresa y clara y se deben detallar los motivos y la norma legal que lo fundamenta.

3-. La inspección durará un plazo razonable y no puede extenderse más allá de lo necesario según la práctica.

4-. Para respetar tu pudor, la inspección debe ser realizada por una persona de tu mismo género.

5-. El funcionario encargado de la inspección debe comunicarte el procedimiento y garantizar la presencia de dos testigos.

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