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TSJ anula artículo que castigaba con cárcel a militares homosexuales

LA HUMANIDAD · 17 MARZO, 2023 08:02

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Mirian Nuñez


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El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en su Sala Constituticional, anuló  la disposición contenida en un artículo del Código Orgánico de Justicia Militar que imponía penas de prisión de 1 a 3 años a militares homosexuales.

Tras diversas peticiones realizadas por la comunidad LGBTI  y a solicitud del defensor del pueblo, Alfredo Ruiz, la sala anuló la disposición argumentando que lo hacía «por carecer de suficiente claridad y precisión jurídica en lo que respecta a la conducta que pretendía sancionar».

En nota de prensa colgada en su página web, explican que la norma imponía una pena de 1 a 3 años de cárcel al militar que cometiera «actos sexuales contra natura», sin definir qué debe entenderse por tales actos, cuando los principios constitucionales exigen que la descripción de los delitos sean claras y precisas para evitar investigaciones y sanciones «al margen de los que quiso penar el legislador».

«Inclusive, aun cuando se entendiera por actos sexuales contra natura a aquellos no destinados a la reproducción, dicha interpretación, a la luz de las concepciones científicas, sociales y jurídicas actuales, no resulta compatible con la Constitución ni con instrumentos internacionalmente ni válidamente suscritos», apostilló.

Contraria a garantía de derechos humanos

El TSJ añadió que esta norma es contraria al postulado fundamental de progresividad en materia de garantía de derechos humanos.

El pasado 14 de febrero, activistas LGBTI de Venezuela exigieron al máximo tribunal una respuesta definitiva a peticiones como el matrimonio igualitario, el reconocimiento de identidad de género y la anulación de dicho artículo.

Aunque en Venezuela no se manejan cifras oficiales y son pocos los datos sobre la comunidad de personas lesbianas, gais, bisexuales, transexuales e intersexuales (LGBTI), se estima que hay una población de aproximadamente 3 millones.

Pero, en un estudio realizado por 27 organizaciones no gubernamentales para conocer el impacto de la pandemia de COVID-19 y de la emergencia humanitaria compleja en esta población en específico, se reveló que el 76,9 % de estas personas encuestadas señaló que han sufrido actos de discriminación solo por ser una persona LGBTI.

Unos 15 representantes del colectivo pidieron un «pronunciamiento definitivo» sobre demandas introducidas desde 2015 por la asociación civil Venezuela Igualitaria, relativas «al derecho al matrimonio civil igualitario», a la «identidad de género» y al de «las personas a ser, existir y amar dentro de las Fuerzas Armadas», dijo entonces el presidente de esta asociación, Giovanni Piermattei.

 

LA HUMANIDAD · 17 MARZO, 2023

TSJ anula artículo que castigaba con cárcel a militares homosexuales

Texto por Mirian Nuñez

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en su Sala Constituticional, anuló  la disposición contenida en un artículo del Código Orgánico de Justicia Militar que imponía penas de prisión de 1 a 3 años a militares homosexuales.

Tras diversas peticiones realizadas por la comunidad LGBTI  y a solicitud del defensor del pueblo, Alfredo Ruiz, la sala anuló la disposición argumentando que lo hacía «por carecer de suficiente claridad y precisión jurídica en lo que respecta a la conducta que pretendía sancionar».

En nota de prensa colgada en su página web, explican que la norma imponía una pena de 1 a 3 años de cárcel al militar que cometiera «actos sexuales contra natura», sin definir qué debe entenderse por tales actos, cuando los principios constitucionales exigen que la descripción de los delitos sean claras y precisas para evitar investigaciones y sanciones «al margen de los que quiso penar el legislador».

«Inclusive, aun cuando se entendiera por actos sexuales contra natura a aquellos no destinados a la reproducción, dicha interpretación, a la luz de las concepciones científicas, sociales y jurídicas actuales, no resulta compatible con la Constitución ni con instrumentos internacionalmente ni válidamente suscritos», apostilló.

Contraria a garantía de derechos humanos

El TSJ añadió que esta norma es contraria al postulado fundamental de progresividad en materia de garantía de derechos humanos.

El pasado 14 de febrero, activistas LGBTI de Venezuela exigieron al máximo tribunal una respuesta definitiva a peticiones como el matrimonio igualitario, el reconocimiento de identidad de género y la anulación de dicho artículo.

Aunque en Venezuela no se manejan cifras oficiales y son pocos los datos sobre la comunidad de personas lesbianas, gais, bisexuales, transexuales e intersexuales (LGBTI), se estima que hay una población de aproximadamente 3 millones.

Pero, en un estudio realizado por 27 organizaciones no gubernamentales para conocer el impacto de la pandemia de COVID-19 y de la emergencia humanitaria compleja en esta población en específico, se reveló que el 76,9 % de estas personas encuestadas señaló que han sufrido actos de discriminación solo por ser una persona LGBTI.

Unos 15 representantes del colectivo pidieron un «pronunciamiento definitivo» sobre demandas introducidas desde 2015 por la asociación civil Venezuela Igualitaria, relativas «al derecho al matrimonio civil igualitario», a la «identidad de género» y al de «las personas a ser, existir y amar dentro de las Fuerzas Armadas», dijo entonces el presidente de esta asociación, Giovanni Piermattei.

 

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