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OPINIÓN · 25 OCTUBRE, 2022 05:30

La tragedia de Las Tejerías era evitable

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Sergio Sánchez

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QUÉ CHÉVERE
QUÉ INDIGNANTE
QUÉ CHIMBO

La realidad es que la tragedia de Las Tejerías, así como los otros eventos naturales que están ocurriendo en todo el territorio nacional como consecuencia de las lluvias – deslaves, inundaciones, derrumbes y otros fenómenos ambientales- eran perfectamente evitables.

Es absolutamente cierto que las ciudades se forman en torno a su economía. Venezuela ha tenido desde su fundación una economía, primero feudal para atender la demanda internacional de café y cacao, y luego petrolera y minera, también para atender la exportación. Por este motivo, la economía se ha centrado en la zona costera y de allí que las principales ciudades primarias y secundarias están ubicadas en el eje norte costero, mientras vastos territorios nacionales abundantes en recursos y tierras fértiles y seguras, al sur del país, están prácticamente desiertos. También es cierto que la pobreza ha ocupado, desde los inicios de la Venezuela Colonial, las periferias de las ciudades, pues, los centros eran los suelos urbanos de mayor valor.

Desde los tempranos años de la República se plantearon soluciones, ideas primero y planes más tarde, para revertir esta situación. La colonia terminó hace más de 200 años. Desde ese entonces, especialmente desde el gobierno de Medina Angarita en adelante, se comenzaron a hacer planes y leyes para organizar territorios, servicios y ciudades. La Ley Orgánica de Ordenación Urbanística (LOOU), que rige la materia del ordenamiento y desarrollo urbano, es de 1987. Esta ley establece competencias claras en la materia.

Citaré algunos artículos clave de esta Ley para entender porque esta tragedia era perfectamente evitable:

  • Artículo 1.- La presente Ley tiene por objeto la ordenación del desarrollo urbanístico en todo el territorio nacional con el fin de procurar el crecimiento armónico de los centros poblados. El desarrollo urbanístico salvaguarda los recursos ambientales y la calidad de vida en los centros urbanos.
  • Artículo 2.- La ordenación urbanística comprende el conjunto de acciones y regulaciones tendentes a la planificación, desarrollo, conservación y renovación de los centros poblados.

Aquí queda claro que existe una Ley (y orgánica, de paso) desde hace más de 30 años que regula la planificación y crecimiento del territorio urbano para evitar que estas tragedias pasen, entre otras cosas.

Sigamos viendo algunos artículos esenciales:

  • Artículo 6.- Las autoridades urbanísticas serán el Ejecutivo Nacional y los Municipios, cada una dentro de las esferas de su competencia.
  • Artículo 7.- La competencia urbanística del Ejecutivo Nacional y los Municipios se ejercerá coordinadamente para el logro de los objetivos de la presente Ley.

Queda clara la competencia en la ley. Es decir, no es a los españoles de la Colonia a quienes debemos responsabilizar por la inexistencia de planificación en nuestro país, ni tampoco vamos a denunciar a la naturaleza por este hecho. Lo que explicó técnicamente Ricardo Menéndez es cierto, Las Tejerías ha crecido en el abanico de explayamiento de tres quebradas activas con 94 afluentes, pero le faltó agregar que los incendios para cultivar la caña, que durante decenas de años se han realizado en los valles de Aragua, han afectado considerablemente la capa vegetal de la cordillera y, por tanto, el riesgo de deslaves, producto de la erosión, ha aumentado. Todos esos datos se conocen desde hace decenas de años. Todas estas circunstancias se han estudiado y denunciado en Tejerías, en Turmero y en muchas otras zonas del país. Hablamos del riesgo que existe en territorios que crecieron desordenadamente o irrespetando las normas técnicas y luego se convierten en tragedia.

Hace algunos años un tribunal en Aragua emitió una sentencia extraordinaria que sentó jurisprudencia al respecto. Me refiero al caso de las urbanizaciones La Punta y Mata Redonda al sur de Maracay. En esta sentencia el Juez estableció responsabilidades para los urbanizadores y para las autoridades que dieron los permisos, 40 años atrás, para la construcción de esas urbanizaciones. Pero, además, dijo que los delitos urbanos no prescriben. Dejemos esto por acá y volvamos a la Ley.

  • Artículo 24.- Los planes de ordenación urbanística contendrán:
    1. Definición estratégica del desarrollo urbano, en términos de población, base económica, extensión del área urbana y control del medio ambiente.
    2. La delimitación de las áreas de posible expansión de las ciudades.
    4. La determinación de los aspectos ambientales, tales como la definición del sistema de zonas verdes y espacios libres de protección y conservación ambiental y la definición de los parámetros de calidad ambiental.
    7. El sistema de drenaje primario.
  • Artículo 34.- Los planes de desarrollo urbano local se elaborarán teniendo en cuenta las directrices y determinantes establecidas en los planes de ordenación urbanística, y contendrán:
    8. La identificación de las áreas de desarrollo urbano no controlado, con indicación de las características a corregir con el fin de incorporarlas a la estructura urbana.

Como se puede observar, la LOOU habla con claridad, desde 1987, acerca de que se deben desarrollar planes urbanos que definan dónde se puede vivir, qué áreas verdes debemos respetar, cuáles son los riesgos, qué obras de mitigación hay que desarrollar, drenajes, etc. También la Ley nos dice que los Planes de Desarrollo Urbano Local (PDUL), que deben adelantar las alcaldías y aprobar el Ejecutivo nacional, deben planificar el equipamiento urbano (escuelas, hospitales, teatros, plazas, etc), vialidad, áreas verdes, servicios, zonas de crecimiento de la ciudad, entre otros. Es decir, que nos falte agua, luz, cloacas, que los drenajes de lluvia no funcionen o no existan, que las vías estén colapsadas o que tengamos dos turnos escolares porque las escuelas son insuficientes, es la mejor muestra de que la LOOU jamás ha sido respetada, ni por el Ejecutivo nacional y menos por los gobiernos municipales. La tragedia era perfectamente evitable.

Caso Terrazas de La Vega

En el 2011 estaba al frente de Ingeniería Municipal de la alcaldía de Caracas. En una inspección en la urbanización Terrazas de La Vega realizada por el difunto geógrafo y especialista ambiental Ismael Calles, nos percatamos de que la urbanización había sido permisada sobre una antigua mina y en el abanico de explayamiento (por donde pasaría un deslave) de una microcuenca. Eso nos alertó de inmediato. Si existió allí una mina, se realizaron explosiones para fracturar la roca, lo que nos permitía inferir que ese terreno iba a sufrir de socavamientos por la diferente granulometría del suelo. Además, estaba en el abanico de explayamiento de la cuenca, así que era una zona de alto riesgo. Inmediatamente llamamos a la empresa y paralizamos la obra que estaba en ejecución en su cuarta etapa. La empresa alegó que ya estaba permisada la obra y que la primera etapa (la que estaba en riesgo) ya estaba culminada hace años. Finalmente intervino la Ministra Edme Betancourt con todas las partes y allí mostramos nuestro estudio inicial y el riesgo que representaba. Recomendamos la realización de un estudio por el Laboratorio Nacional de Hidráulica y Fundalanavial, que son organismos especializados en la materia. Esto se realizó y se determinó que era una zona de alto riesgo y había que demoler esos edificios. Se obligó a la inmobiliaria a comprarle apartamentos a las familias afectadas y a demoler los edificios, así como a realizar las obras de mitigación correspondientes. Nadie escuchó nunca del desastre de Terrazas de la Vega porque no ocurrió. Y no ocurrió porque, a pesar de estar construidos recientemente los edificios y habitados, a pesar de haber sido permisado por la gestión anterior, el poder municipal y nacional intervinieron en resguardo de la vida de las personas.

Investigar a los responsables

Este ejemplo de actuación sólo persigue demostrar que sí era previsible y por tanto evitable lo que ocurrió. No son los españoles, ni la naturaleza los responsables de la tragedia. Es el Poder Público Nacional y los diferentes alcaldes de Las Tejerías. En un país con instituciones autónomas, deberían ser investigados los responsables.

Veamos dos artículos más que nos permitirán entender por qué esta realidad y abandono en la planificación es así en todo el país:

Artículo 124.- El Ministerio del Desarrollo Urbano y los municipios deberán elaborar los planes respectivos dentro de los dos (2) años siguientes a la vigencia de la presente Ley.

Artículo 125.- Cuando no existieren planes de ordenación urbanística, ni de desarrollo urbano local, ni ordenanza de zonificación, los particulares deberán solicitar del respectivo Concejo Municipal las variables urbanas fundamentales aplicables al terreno en cuestión y podrán presentar proyectos de urbanizaciones y edificaciones para la asignación de variables por parte de dicho Concejo. Las mencionadas variables serán asignadas previa aprobación del Ministerio del Desarrollo Urbano.

A la fecha del 2016, solo el 5% de los municipios del país habían elaborado su PDUL, es decir, 30 años después de la promulgación de la Ley, nadie la ha respetado. Los pocos quijotes que planteamos a escala municipal la necesidad de hacer ordenanzas nos bloquearon, pues pesaba más para los alcaldes el artículo 125 de la LOOU, que es la razón por la cual no se han realizado los PDUL. Si no hay plan que establezca las variables urbanas, es la discreción de los Concejos Municipales y Alcaldías las que asignan variables. Es decir; la altura que debe tener una edificación, cuál debe ser el retiro, qué área verde debe respetar, dónde se puede construir, etc, son parte de las variables urbanas que establece el PDUL. Al no existir, el urbanizador “se cuadra” con las autoridades municipales para que le permitan construir cualquier cosa, violando las normas técnicas. Al final, el meollo del asunto es el negocio del suelo urbano. Este negocio movía, para el 2014, 5 puntos más del PIB que el negocio petrolero de la nación. Quien trata de poner orden en este negocio se enfrenta a cañones de dinero y poderosas influencias.

Esta situación se repite en todo el país. En general, en toda la nación (con algunas importantes excepciones en planificación como Puerto Ordaz, Barquisimeto, entre otras) reina el caos urbano, la ausencia de planificación y el crecimiento descontrolado. Se requiere de un Gobierno Nacional serio y responsable que aporte recursos técnicos y financieros, además de supervisión para que alcaldes, igualmente serios y responsables, formen equipos para desarrollar los PDUL.

No aspiro a que el Ejecutivo pida perdón, se enjuicie a sí mismo y renuncie a sus responsabilidades, pero sí sería viable que abriera investigaciones y promoviera juicios ejemplificantes a las gestiones de alcaldes que impidieron la elaboración de los PDUL o realizaron cambios de zonificación puntuales a parcelas, por cierto, prohibidos en la Ley.

Conocer el riesgo urbano y ambiental

Una acción mínima, en honor a todas estas víctimas de Vargas, Las Tejerías y El Castaño sería crear una comisión nacional para la elaboración de los PDUL en los próximos 2 años en todos los municipios del país, donde no existan o deban ser actualizados. Quizás así, en dos años podremos decir cuál es la magnitud del riesgo urbano y ambiental en Venezuela y cuáles son las obras a ejecutar para los próximos 10 años.

Igualmente, todo candidato a alcalde debería estar estudiando todos estos temas y comprometiéndose a realizar en su gestión el PDUL. Los ciudadanos no podemos seguir apoyando a quien regala cestas de comida y sale en fotos con bebés. Es a quienes planifican el desarrollo de nuestro hábitat a quienes debemos apoyar.

Finalmente, mientras Las Tejerías nos muestra esta realidad compleja y oscura, donde el periodismo nacional debería estar investigando, estableciendo responsabilidades, vemos en cambio una cantidad de medios, con honrosas excepciones, repitiendo que el desastre de Las Tejerías lo ocasionó la actividad minera de Lomas de Niquel. Otro detalle para aclarar.

Las Tejerías pertenece a la Cordillera de la Costa, Lomas de Niquel a la Cordillera del Interior, entre ambos sitios hay más de 12 kilómetros y el abanico de explayamiento por donde bajaría un deslave, en Lomas de Niquel está río abajo de Las Tejerías, además, está entre ellas la autopista. Que un mentiroso haya dicho eso en redes sociales es previsible, pero que muchas cadenas de noticias repitan semejante barbaridad, nos habla de lo lejos que estamos de una solución a este problema.

Ojalá, pronto, todo cambie.

Por:
Sergio Sánchez, ingeniero
Ex director de Ingeniería Municipal de Caracas
Ex presidente de la Comisión de Arquitectura y Urbanismo de Turmero, estado Aragua

***

Las opiniones expresadas en esta sección son de entera responsabilidad de sus autores.

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La tragedia de Las Tejerías era evitable

Texto por Sergio Sánchez

La realidad es que la tragedia de Las Tejerías, así como los otros eventos naturales que están ocurriendo en todo el territorio nacional como consecuencia de las lluvias – deslaves, inundaciones, derrumbes y otros fenómenos ambientales- eran perfectamente evitables.

Es absolutamente cierto que las ciudades se forman en torno a su economía. Venezuela ha tenido desde su fundación una economía, primero feudal para atender la demanda internacional de café y cacao, y luego petrolera y minera, también para atender la exportación. Por este motivo, la economía se ha centrado en la zona costera y de allí que las principales ciudades primarias y secundarias están ubicadas en el eje norte costero, mientras vastos territorios nacionales abundantes en recursos y tierras fértiles y seguras, al sur del país, están prácticamente desiertos. También es cierto que la pobreza ha ocupado, desde los inicios de la Venezuela Colonial, las periferias de las ciudades, pues, los centros eran los suelos urbanos de mayor valor.

Desde los tempranos años de la República se plantearon soluciones, ideas primero y planes más tarde, para revertir esta situación. La colonia terminó hace más de 200 años. Desde ese entonces, especialmente desde el gobierno de Medina Angarita en adelante, se comenzaron a hacer planes y leyes para organizar territorios, servicios y ciudades. La Ley Orgánica de Ordenación Urbanística (LOOU), que rige la materia del ordenamiento y desarrollo urbano, es de 1987. Esta ley establece competencias claras en la materia.

Citaré algunos artículos clave de esta Ley para entender porque esta tragedia era perfectamente evitable:

  • Artículo 1.- La presente Ley tiene por objeto la ordenación del desarrollo urbanístico en todo el territorio nacional con el fin de procurar el crecimiento armónico de los centros poblados. El desarrollo urbanístico salvaguarda los recursos ambientales y la calidad de vida en los centros urbanos.
  • Artículo 2.- La ordenación urbanística comprende el conjunto de acciones y regulaciones tendentes a la planificación, desarrollo, conservación y renovación de los centros poblados.

Aquí queda claro que existe una Ley (y orgánica, de paso) desde hace más de 30 años que regula la planificación y crecimiento del territorio urbano para evitar que estas tragedias pasen, entre otras cosas.

Sigamos viendo algunos artículos esenciales:

  • Artículo 6.- Las autoridades urbanísticas serán el Ejecutivo Nacional y los Municipios, cada una dentro de las esferas de su competencia.
  • Artículo 7.- La competencia urbanística del Ejecutivo Nacional y los Municipios se ejercerá coordinadamente para el logro de los objetivos de la presente Ley.

Queda clara la competencia en la ley. Es decir, no es a los españoles de la Colonia a quienes debemos responsabilizar por la inexistencia de planificación en nuestro país, ni tampoco vamos a denunciar a la naturaleza por este hecho. Lo que explicó técnicamente Ricardo Menéndez es cierto, Las Tejerías ha crecido en el abanico de explayamiento de tres quebradas activas con 94 afluentes, pero le faltó agregar que los incendios para cultivar la caña, que durante decenas de años se han realizado en los valles de Aragua, han afectado considerablemente la capa vegetal de la cordillera y, por tanto, el riesgo de deslaves, producto de la erosión, ha aumentado. Todos esos datos se conocen desde hace decenas de años. Todas estas circunstancias se han estudiado y denunciado en Tejerías, en Turmero y en muchas otras zonas del país. Hablamos del riesgo que existe en territorios que crecieron desordenadamente o irrespetando las normas técnicas y luego se convierten en tragedia.

Hace algunos años un tribunal en Aragua emitió una sentencia extraordinaria que sentó jurisprudencia al respecto. Me refiero al caso de las urbanizaciones La Punta y Mata Redonda al sur de Maracay. En esta sentencia el Juez estableció responsabilidades para los urbanizadores y para las autoridades que dieron los permisos, 40 años atrás, para la construcción de esas urbanizaciones. Pero, además, dijo que los delitos urbanos no prescriben. Dejemos esto por acá y volvamos a la Ley.

  • Artículo 24.- Los planes de ordenación urbanística contendrán:
    1. Definición estratégica del desarrollo urbano, en términos de población, base económica, extensión del área urbana y control del medio ambiente.
    2. La delimitación de las áreas de posible expansión de las ciudades.
    4. La determinación de los aspectos ambientales, tales como la definición del sistema de zonas verdes y espacios libres de protección y conservación ambiental y la definición de los parámetros de calidad ambiental.
    7. El sistema de drenaje primario.
  • Artículo 34.- Los planes de desarrollo urbano local se elaborarán teniendo en cuenta las directrices y determinantes establecidas en los planes de ordenación urbanística, y contendrán:
    8. La identificación de las áreas de desarrollo urbano no controlado, con indicación de las características a corregir con el fin de incorporarlas a la estructura urbana.

Como se puede observar, la LOOU habla con claridad, desde 1987, acerca de que se deben desarrollar planes urbanos que definan dónde se puede vivir, qué áreas verdes debemos respetar, cuáles son los riesgos, qué obras de mitigación hay que desarrollar, drenajes, etc. También la Ley nos dice que los Planes de Desarrollo Urbano Local (PDUL), que deben adelantar las alcaldías y aprobar el Ejecutivo nacional, deben planificar el equipamiento urbano (escuelas, hospitales, teatros, plazas, etc), vialidad, áreas verdes, servicios, zonas de crecimiento de la ciudad, entre otros. Es decir, que nos falte agua, luz, cloacas, que los drenajes de lluvia no funcionen o no existan, que las vías estén colapsadas o que tengamos dos turnos escolares porque las escuelas son insuficientes, es la mejor muestra de que la LOOU jamás ha sido respetada, ni por el Ejecutivo nacional y menos por los gobiernos municipales. La tragedia era perfectamente evitable.

Caso Terrazas de La Vega

En el 2011 estaba al frente de Ingeniería Municipal de la alcaldía de Caracas. En una inspección en la urbanización Terrazas de La Vega realizada por el difunto geógrafo y especialista ambiental Ismael Calles, nos percatamos de que la urbanización había sido permisada sobre una antigua mina y en el abanico de explayamiento (por donde pasaría un deslave) de una microcuenca. Eso nos alertó de inmediato. Si existió allí una mina, se realizaron explosiones para fracturar la roca, lo que nos permitía inferir que ese terreno iba a sufrir de socavamientos por la diferente granulometría del suelo. Además, estaba en el abanico de explayamiento de la cuenca, así que era una zona de alto riesgo. Inmediatamente llamamos a la empresa y paralizamos la obra que estaba en ejecución en su cuarta etapa. La empresa alegó que ya estaba permisada la obra y que la primera etapa (la que estaba en riesgo) ya estaba culminada hace años. Finalmente intervino la Ministra Edme Betancourt con todas las partes y allí mostramos nuestro estudio inicial y el riesgo que representaba. Recomendamos la realización de un estudio por el Laboratorio Nacional de Hidráulica y Fundalanavial, que son organismos especializados en la materia. Esto se realizó y se determinó que era una zona de alto riesgo y había que demoler esos edificios. Se obligó a la inmobiliaria a comprarle apartamentos a las familias afectadas y a demoler los edificios, así como a realizar las obras de mitigación correspondientes. Nadie escuchó nunca del desastre de Terrazas de la Vega porque no ocurrió. Y no ocurrió porque, a pesar de estar construidos recientemente los edificios y habitados, a pesar de haber sido permisado por la gestión anterior, el poder municipal y nacional intervinieron en resguardo de la vida de las personas.

Investigar a los responsables

Este ejemplo de actuación sólo persigue demostrar que sí era previsible y por tanto evitable lo que ocurrió. No son los españoles, ni la naturaleza los responsables de la tragedia. Es el Poder Público Nacional y los diferentes alcaldes de Las Tejerías. En un país con instituciones autónomas, deberían ser investigados los responsables.

Veamos dos artículos más que nos permitirán entender por qué esta realidad y abandono en la planificación es así en todo el país:

Artículo 124.- El Ministerio del Desarrollo Urbano y los municipios deberán elaborar los planes respectivos dentro de los dos (2) años siguientes a la vigencia de la presente Ley.

Artículo 125.- Cuando no existieren planes de ordenación urbanística, ni de desarrollo urbano local, ni ordenanza de zonificación, los particulares deberán solicitar del respectivo Concejo Municipal las variables urbanas fundamentales aplicables al terreno en cuestión y podrán presentar proyectos de urbanizaciones y edificaciones para la asignación de variables por parte de dicho Concejo. Las mencionadas variables serán asignadas previa aprobación del Ministerio del Desarrollo Urbano.

A la fecha del 2016, solo el 5% de los municipios del país habían elaborado su PDUL, es decir, 30 años después de la promulgación de la Ley, nadie la ha respetado. Los pocos quijotes que planteamos a escala municipal la necesidad de hacer ordenanzas nos bloquearon, pues pesaba más para los alcaldes el artículo 125 de la LOOU, que es la razón por la cual no se han realizado los PDUL. Si no hay plan que establezca las variables urbanas, es la discreción de los Concejos Municipales y Alcaldías las que asignan variables. Es decir; la altura que debe tener una edificación, cuál debe ser el retiro, qué área verde debe respetar, dónde se puede construir, etc, son parte de las variables urbanas que establece el PDUL. Al no existir, el urbanizador “se cuadra” con las autoridades municipales para que le permitan construir cualquier cosa, violando las normas técnicas. Al final, el meollo del asunto es el negocio del suelo urbano. Este negocio movía, para el 2014, 5 puntos más del PIB que el negocio petrolero de la nación. Quien trata de poner orden en este negocio se enfrenta a cañones de dinero y poderosas influencias.

Esta situación se repite en todo el país. En general, en toda la nación (con algunas importantes excepciones en planificación como Puerto Ordaz, Barquisimeto, entre otras) reina el caos urbano, la ausencia de planificación y el crecimiento descontrolado. Se requiere de un Gobierno Nacional serio y responsable que aporte recursos técnicos y financieros, además de supervisión para que alcaldes, igualmente serios y responsables, formen equipos para desarrollar los PDUL.

No aspiro a que el Ejecutivo pida perdón, se enjuicie a sí mismo y renuncie a sus responsabilidades, pero sí sería viable que abriera investigaciones y promoviera juicios ejemplificantes a las gestiones de alcaldes que impidieron la elaboración de los PDUL o realizaron cambios de zonificación puntuales a parcelas, por cierto, prohibidos en la Ley.

Conocer el riesgo urbano y ambiental

Una acción mínima, en honor a todas estas víctimas de Vargas, Las Tejerías y El Castaño sería crear una comisión nacional para la elaboración de los PDUL en los próximos 2 años en todos los municipios del país, donde no existan o deban ser actualizados. Quizás así, en dos años podremos decir cuál es la magnitud del riesgo urbano y ambiental en Venezuela y cuáles son las obras a ejecutar para los próximos 10 años.

Igualmente, todo candidato a alcalde debería estar estudiando todos estos temas y comprometiéndose a realizar en su gestión el PDUL. Los ciudadanos no podemos seguir apoyando a quien regala cestas de comida y sale en fotos con bebés. Es a quienes planifican el desarrollo de nuestro hábitat a quienes debemos apoyar.

Finalmente, mientras Las Tejerías nos muestra esta realidad compleja y oscura, donde el periodismo nacional debería estar investigando, estableciendo responsabilidades, vemos en cambio una cantidad de medios, con honrosas excepciones, repitiendo que el desastre de Las Tejerías lo ocasionó la actividad minera de Lomas de Niquel. Otro detalle para aclarar.

Las Tejerías pertenece a la Cordillera de la Costa, Lomas de Niquel a la Cordillera del Interior, entre ambos sitios hay más de 12 kilómetros y el abanico de explayamiento por donde bajaría un deslave, en Lomas de Niquel está río abajo de Las Tejerías, además, está entre ellas la autopista. Que un mentiroso haya dicho eso en redes sociales es previsible, pero que muchas cadenas de noticias repitan semejante barbaridad, nos habla de lo lejos que estamos de una solución a este problema.

Ojalá, pronto, todo cambie.

Por:
Sergio Sánchez, ingeniero
Ex director de Ingeniería Municipal de Caracas
Ex presidente de la Comisión de Arquitectura y Urbanismo de Turmero, estado Aragua

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Las opiniones expresadas en esta sección son de entera responsabilidad de sus autores.

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Adiós Virtuoso, un defensor de la democracia

OPINIÓN · 22 OCTUBRE, 2022 05:30

La difícil salud mental