Alcaldía de Girardot multará al que circule en Maracay después de las 2:00 pm

El Decreto n° 008 de la Alcaldía de Girardot prohíbe la circulación de personas y vehículos después de las 2:00 pm. Además, sanciona pecuniariamente a quienes incumplan la medida que busca contrarrestar la propagación del COVID-19

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La policía municipal de Maracay se encargará de hacer cumplir el decreto 008 de la alcaldía | Foto: Cortesía prensa de la Alcaldía de Girardot

Maracay.- La alcaldía del municipio Girardot, en el estado Aragua, emitió este viernes, 17 de abril, un decreto que restringe la circulación peatonal y de vehículos después de las 2:00 pm. Los que incumplan la medida deberán pagar bs. 4.500.000. Los negocios que tampoco respeten el horario comercial recibirán sanciones de bs. 15.000.000.

A través del Decreto Municipal N° 008, de fecha 17 de abril de 2020, la alcaldía confirmó lo publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria, N°474, de fecha 15 de abril de 2020, sobre la extensión del estado de alarma y los nuevos horarios para la actividad comercial en la entidad.

El Decreto, refrendado por el alcalde Pedro Bastidas y publicado en Gaceta Municipal N° 155, incluye horarios para movilidad de personas, peatonal y en vehículos, dentro de la ciudad a partir de la fecha. Aquellos que, por ejemplo, se movilicen después de las 2:00 pm sin justificación, serán sancionados y multados por poner en riesgo la salud de la ciudadanía.

De acuerdo con el artículo 3 del Reglamento Municipal aquellos ciudadanos que irrespeten los horarios e incumplan las medidas preventivas contra el COVID-19, serán sancionados con multas de un mil quinientas unidades tributarias (1.500 UT) a tres mil unidades tributarias (3.000 UT), es decir, desde bs. 2.250.000 hasta bs. 4.500.000.

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La ordenanza municipal regula la movilidad dentro del municipio, en los siguientes horarios:

1. Movilidad peatonal: de 8.00 am hasta 2.00 pm.

El desacato podría generar una sanción pecuniaria de 1.500 UT a 3.000 UT (desde Bs. 2.250.000,00 hasta Bs. 4.500.000), además de una charla de dos horas sobre riesgos de la salud por el COVID-19.

2. Automóviles, motos y bicicletas: de 8.00 am hasta 2.00 pm.

El desacato podría generar una sanción pecuniaria de 1.500 UT a 3.000 UT. Como medida sancionatoria también podrían aplicar la retención del automóvil, moto o bicicleta por 24 horas.

3. Transporte de carga: de 8.00 am hasta 2.00 pm.

El desacato podría generar una sanción pecuniaria de 1.500 UT a 3.000 UT. También la retención del vehículo por 24 horas.

4. Transporte público: de 8.00 am hasta 6.00 pm.

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El desacato podría generar una sanción pecuniaria de 1500 UT a 3000 UT (de bs. 2.250.000,00 hasta bs. 4.500.000). También la retención de la unidad por 24 horas, además de la evaluación de suspensión o derogatoria de la concesión  de uso de explotación del servicio de transporte de pasajeros.

En el artículo 8 del decreto se establecen sanciones a los establecimientos comerciales que estén abiertos fuera de los horarios previstos en la Gaceta N°474.

La actividad comercial que no cumpla la norma será sancionada con multas de 10.000 UT, es decir, con bs. 15.000.000, y podría recibir cierre temporal del establecimiento de tres a siete días. Su reincidencia originaría un nuevo cierre por el doble del tiempo, revocatoria de la licencia de actividades económicas y la clausura del establecimiento o local.

El Servicio de Administración Tributaria Municipal (Satrim) aplicará las sanciones pecuniarias, mientras que la policía municipal de Girardot está en la obligación de hacer cumplir el decreto.

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