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sábado, 5 septiembre, 2020

Colegios privados pueden cobrar mensualidades en dólares pero a tasa del BCV

Dicha resolución permite normar el procedimiento de cobro y aclara que no es obligatorio pagar la mensualidad en una moneda distinta al bolívar, no obstante, si el representante prefiere cancelar en moneda extranjera, pues esta debe ser guiada por la tasa del BCV

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Caracas.- El ministro de Educación, Aristóbulo Istúriz, así como la ministra de Comercio, Eneida Laya, firmaron el pasado martes 2 de septiembre una resolución que establece que las instituciones educativas privadas podrán cobrar en dólares o su equivalente basado en la tasa oficial del Banco Central de Venezuela (BCV)

Dicha resolución permite normar el procedimiento de cobro y aclara que no es obligatorio pagar la mensualidad en una moneda distinta al bolívar, no obstante, si el representante prefiere cancelar en moneda extranjera, pues esta debe ser guiada por la tasa del BCV, reseña Banca y Negocios.

Una vez estén armadas las propuestas de cobro, esta deberá basarse en la metodología de agrupación de costos y ser elevadas a una asamblea de padres y representantes, quienes tendrán cinco días hábiles para hacer sus observaciones.

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Por su parte la ministra de Comercio, Eneida Laya, aseveró que el cumplimiento de la resolución 024, será vigilada a través de la Superintendencia para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde).

Mínimo 12 dólares mensuales

El presidente de la Asociación Nacional de Instituciones Educativas Privadas (Andiep), Fausto Romeo, aseguró que la cuota de escolaridad en ese sector, no debe ser menor al equivalente de 12 dólares mensuales, ya que desde el pasado mes de marzo, cuando empezó la cuarentena por la pandemia en Venezuela, las instituciones han invertido grandes cantidades de dinero en el proyecto educativo y en gastos operativos.

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