CLAVES | Cómo tramitar la cédula de identidad por primera vez

En Caracas las oficinas del Saime ponen trabas a los ciudadanos para trámites de la cédula, sin embargo, es un deber de las oficinas prestar el servicio

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Oficina del Saime en Caracas | Foto: cortesía

Cualquier trámite en el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime) representa una odisea para el venezolano. El drama se sufre para obtener desde el pasaporte hasta la cédula de identidad. En muchas ocasiones, las oficinas no cuentan con el material correspondiente o presentan fallas con el sistema. Por tal razón, los funcionarios remiten a las personas a otras oficinas, por lo cual se retrasa el proceso.

La emisión de la cédula de identidad y el pasaporte es un derecho expresado en el artículo 56 de la Constitución Nacional y que debe ser garantizado por el Estado. Por tal razón el Saime tiene la obligación de prestar el servicio a los ciudadanos.

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Conozca aquí cómo tramitar la cédula por primera vez:

Requisitos

Menores de edad:

  • Acta de Nacimiento original.
  •  Copia certificada del Acta de Nacimiento.
  •  Debe estar inserta en el Registro Civil.
  • Debe contener los datos descritos en el art. 81 de la Ley Orgánica de Registro Civil.

Mayores de edad:

  • Acta de Nacimiento original.
  • Copia certificada del Acta de Nacimiento.
  • Debe estar inserta en el Registro Civil.
  • Debe contener los datos descritos en el art. 81 de la Ley Orgánica de Registro Civil.
  •  Copia Certificada del Acta de Nacimiento acompañada de la Copia Certificada de la sentencia de inserción.
  •  Copia Certificada del Acta de Nacimiento en cuyo contenido se refleje la Autorización de la Oficina Nacional de Registro Civil. (Indicación de la Providencia Administrativa).

Nacidos en territorio extranjero de padre y madre venezolanos:

  • Acta de Nacimiento original.
  • Copia Certificada del Acta de Nacimiento expedida por el Consulado Venezolano previamente inserta en el Registro Civil correspondiente o Copia certificada del Acta de Nacimiento que evidencie la inscripción en el Registro Civil
  • El Acta debe estar expedida por Consulado Venezolano (de haber realizado la presentación ante el Consulado o Embajada venezolana en el país de origen, según artículo 470 del Código Civil) o inserción del Acta de Nacimiento extranjera ante el Registro Civil en Venezuela (de conformidad con el artículo 55 numeral. 1 y art. 84,numeral 3 y 4, de la Ley Orgánica del Registro Civil). Original y dos (2) copias.

Nacidos en territorio extranjero de padre o madre venezolanos:

  • Copia certificada (original) del Acta de Nacimiento expedida por Consulado Venezolano o copia certificada del acta expedida directamente por el Registro Civil, la cual deberá hacer mención de la declaración de acogerse a la nacionalidad venezolana.
  • Copia Certificada del Acta de Nacimiento expedida por el Consulado Venezolano previamente inserta en el Registro Civil correspondiente o Copia certificada del Acta de Nacimiento que evidencie la inscripción en el Registro Civil

• Copia del Acta de Nacimiento del padre o de la madre que transmite la nacionalidad venezolana (únicamente para las Actas de Nacimientos provenientes de los consulados e insertas en el Registro Civil).

  • Manifestación de voluntad expedida por las Oficinas Municipales de Registro Civil o Formato de Declaración Jurada emitida por el Saime.
  • El acta de nacimiento debe estar inserta en el Registro Civil, según art. 55, numeral 2 y art.84, numerales 1 y 3.

•  Declaración de Voluntad de acogerse a la nacionalidad venezolana realizada ante el Registro Civil venezolano o autoridad diplomática o consular en el país de origen. Únicamente si posee inserción de partida en el extranjero (artículo 134 de la Ley Orgánica del Registro Civil).

  • De estar fallecido alguno de los padres, solicitar copia del Acta de Defunción original. Si el acta de defunción es del extranjero debe estar apostillada o legalizada por la representación diplomática venezolana, y presentar un testigo familiar ascendente directo (tío, tía, abuelo, abuela) con copia de la cédula de identidad.
  • Pasaporte o documento oficial con el cual ingresó al país. De no haber ingresado con pasaporte, anexar exposición de motivos indicando la forma de ingreso.

• Acta de Nacimiento original del primer ascendiente directo nacido en Venezuela.

• El acta de nacimiento debe estar inserta en el Registro Civil, según art. 55, numeral 2 y art.84, numerales 1 y 3. 

  • Dos (2) fotografías del interesado.

• Establecer su residencia en el país o declarar su Voluntad de acogerse a la Nacionalidad Venezolana.

Datos a tomar en cuenta:

  • El acta de nacimiento debe estar inserta en el Registro Civil y contener todos los datos correctos.
  • El representante legal del niño debe estar presente en el proceso de cedulación.
  • Todos las oficinas del Saime, tanto en Caracas como en los demás estados del país, tienen el deber de tramitar este proceso que es un derecho del venezolano. Sin embargo, en muchas ocasiones las personas son remitidas a otras oficinas por falta de algún material o fallas en el sistema.
  • La entrega se realiza 21 días hábiles después de hacer el trámite.

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