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lunes, 21 septiembre, 2020

Portuguesa | Tribunal ratifica privativa de libertad al ginecobstetra señalado por mala praxis

El jefe de la sala de parto del hospital de Acarigua fue imputado por el delito de homicidio intencional a título de dolo eventual. Su defensa afirmó a El Pitazo que se trata de un caso mediático donde se han presentado vicios en el proceso judicial

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Acarigua.- El Tribunal Cuarto de Control del Segundo Circuito Judicial Penal de Portuguesa, extensión Acarigua, ratificó la privativa de libertad al médico ginecoobstetra, Hendrick Luckert, jefe de la sala de parto del Dr. Jesús María Casal Ramos, detenido por la muerte, por presunta mala praxis, de una adolescente de 15 años, ocurrida en junio de 2019.

La audiencia de presentación de Luckert se realizó este viernes 18 de septiembre, en medio de una concentración que organizaron familiares, amigos y el personal de salud del hospital de Acarigua, frente a la sede del Circuito Judicial, en respaldo al médico al que consideran inocente. También, allegados de la víctima se presentaron en el lugar, con pancartas, exigiendo justicia.

Este domingo 20 de septiembre, nuevamente el personal de salud y amigos del médico promovieron otra concentración y realizaron una campaña, a través de las redes sociales, solicitando su excarcelación y pidiendo un proceso sin vicios.

El acto de imputación, que inició cerca de las 9:00 am, se extendió hasta horas de la tarde, en el que médico declaró para presentar sus alegatos.

La Fiscalía Séptima del Ministerio Público solicitó la imputación del médico por el delito de homicidio intencional a título de dolo eventual, aceptado por la juez de la causa, que ordenó la reclusión del investigado en la sede de la Policía Nacional Bolivariana (PNB), donde permaneció recluido desde su detención, practicada la tarde del miércoles 16, por funcionarios de las Fuerzas de Acciones Especiales (Faes), en un apartamento en Acarigua.

Caso de connotación mediática

De acuerdo con lo precisado a El Pitazo por el abogado José Gregorio Izquierdo, defensor del médico, no hay manera de establecer una responsabilidad penal de un homicidio a título de dolo eventual contra el doctor Luckert, «porque él solo actuó ante un hecho que sabía que era riesgoso, pero confiaba en sí mismo y en su capacidad para salvar la vida de la paciente. Quién más que un médico para resolver una complicación que se presente en medio de una intervención quirúrgica».

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El delito de homicidio se encuentra tipificado en el artículo 405 del Código Penal y, a juicio de la defensa del médico, a título de dolo eventual no está establecido en ninguna parte del ordenamiento jurídico. «La única manera de ubicarlo es a través de sentencias de la Sala de Casación Penal y de la Sala Constitucional, que hay algunas con carácter vinculantes».

Izquierdo considera que se trata de un caso con connotación mediática, por lo que existen ciertas irregularidades en el proceso, pero las autoridades del sistema judicial se han planteado buscar un culpable.

«Es un proceso que estuvo paralizado durante 2020 y fue reactivado el 9 de septiembre, para librarse una orden de aprehensión contra el doctor Luckert, cuando debieron citarlo, imputarlo e imponerlo de sus derechos y deberes y que siguiera el procedimiento por la vía ordinaria, ya que siempre se presentó ante el Cicpc-Acarigua, cuando le fue solicitado», expresó el abogado.

La defensa del doctor investigado indicó que, incluso, antes de la audiencia se sabía que lo imputarían por un delito grave para poder dejarlo privado de libertad. «Si hubiese sido homicidio culposo le corresponde una de las medidas cautelares sustitutivas a la privativa de libertad. Están imputando el homicidio intencional a título de dolo eventual para que la pena pase los ocho años y la causa no la conozca un tribunal municipal penal, sino de primera instancia».

Amigos del médico y personales de salud han solicitado a las autoridades que se realice un proceso sin vicios | Foto: Corteía

El hecho

Según la versión del médico, la adolescente de 15 años de edad que murió, ingresó al hospital de Acarigua para ser intervenida por inflamación de glándula de Bartolino, condición que presentaba desde hace tres meses atrás.

En principio, sería una cirugía ambulatoria y se aplicaría anestesia local, pero una vez que se inició el procedimiento, el lugar donde está la glándula, presentó pus, por lo que hubo que colocar otro tipo de anestesia, porque así se ameritaba. Además de esto, según refirió el médico, la joven ingirió alimentos (granos) antes de la intervención, a las once de la mañana, sin conocimiento del médico, lo que también generó complicaciones.

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De acuerdo con el protocolo de autopsia, la causa de muerte es insuficiencia respiratoria y meningoencefalitis bacteriana intrahospitalaria. La defensa afirma que hay actuaciones sobre muestras que se tomaron para ser analizadas en la ciudad de Caracas para contrastar estos resultados y, pese a que se mencionan, no están en los expedientes del caso.

«Esas actuaciones, que supuestamente ya llegaron, no forman parte de la causa todavía», indicó Izquierdo.

Desde este sábado comenzó a correr el lapso para que en 45 días, la fiscalía del Ministerio Público reúna suficientes elementos de convicción que demuestren la culpabilidad del médico Luckert, antes de presentar los actos conclusivos.

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