CLAVES | Conoce cómo se allana la inmunidad parlamentaria

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su Artículo 200, establece que todos los diputados de la Asamblea Nacional (AN), gozan de inmunidad parlamentaria desde su proclamación hasta el fin de su periodo o la renuncia del diputado a su cargo

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Foto: Correo del Caroni

Caracas.- El fuero parlamentario, inmunidad parlamentaria o inmunidad legislativa, es la prerrogativa de los miembros de un cuerpo legislativo que les concede inmunidad parcial de enjuiciamiento, salvo en los casos que determine la Constitución.

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Antes de enjuiciar, es necesario que se elimine la inmunidad generalmente, esto lo hace un tribunal específico, en el caso de Venezuela, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ): esto reduce la posibilidad de presionar a un miembro del parlamento para cambiar su voto por temor a ser enjuiciado.

La inmunidad parlamentaria tiene su origen en la separación de poderes legislativo, ejecutivo y judicial, y la búsqueda de la independencia del poder legislativo con respecto al ejecutivo, sobre todo en el caso de las monarquías parlamentarias.

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su Artículo 200, establece que todos los diputados de la Asamblea Nacional (AN), gozan de inmunidad parlamentaria desde su proclamación hasta el fin de su periodo o la renuncia del diputado a su cargo.

En caso de cometer un crimen, el TSJ es el único ente encargado de realizar un enjuiciamiento o detención de un diputado, con previa autorización de la AN.

Si los diputados cometen un delito flagrante, serán detenidos en su residencia y se le será comunicado al Tribunal Supremo de Justicia, para proseguir con su enjuiciamiento.

Si algún funcionario público viola esta inmunidad, será castigado penalmente.

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