TSJ

La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) levantó este viernes la inhabilitación política que pesaba sobre Leocenis García y del dirigente de Primero Justicia (PJ) Richard Mardo, han sido habilitados para postularse como candidatos y ejercer cargos públicos.

Mediante su cuenta de la red social X, el Poder Judicial detalló que la medida la tomó la Sala Político Administrativa, que preside el magistrado, Malaquías Gil Rodríguez.

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) informó que el dirigente de Primero Justicia (PJ) Richard Mardo ha sido habilitado para postularse como candidato y ejercer cargos públicos.

La Sala Político Administrativa admitió la demanda por vía de hecho conjuntamente con acción de amparo cautelar presentada por Richard Miguel Mardo Mardo contra la inhabilitación impuesta por la Contraloría General de la República.

Las sentencias

N° SENTENCIA: 00001
N° EXPEDIENTE: 2023-0435
Procedimiento: Recurso de nulidad conjuntamente con acción de amparo cautelar
Partes: Leocenis Manuel García Osorio interpone demanda de nulidad conjuntamente con acción de amparo cautelar contra el acto administrativo Nro. 01-00-571 de fecha 31.8.2021, dictado por la Contraloría General de la República.
Decisión: La Sala declara: -Su COMPETENCIA para conocer la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por el ciudadano LEOCENIS MANUEL GARCÍA OSORIO. -ADMITE la demanda de nulidad. -PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar que fue presentada en el marco del mecanismo establecido en el Acuerdo de Barbados de fecha 17 de octubre de 2023 cumpliendo con los parámetros y exigencias allí señalados. En consecuencia, el ciudadano LEOCENIS MANUEL GARCÍA OSORIO queda HABILITADO para el ejercicio de funciones públicas, sin perjuicio de la responsabilidad penal a que hubiera lugar.

N° EXPEDIENTE: 2023-0453

Procedimiento: Demanda Por Vía de Hecho Conjuntamente con Acción de Amparo Cautelar
Partes: Richard Miguel Mardo Mardo interpone demanda conjuntamente con acción de amparo cautelar contra la vía de hecho por las presuntas actuaciones materiales ejercidas por la Contraloría General de la República y el Consejo Nacional Electoral (CNE).
Decisión: La Sala declara: – Su COMPETENCIA para conocer de la demanda por vía de hecho interpuesta conjuntamente con amparo cautelar por el ciudadano RICHARD MIGUEL MARDO MARDO. -ADMITE la demanda por vía de hecho. -PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar que fue presentada en el marco del mecanismo establecido en el Acuerdo de Barbados de fecha 17 de octubre de 2023 cumpliendo con los parámetros y exigencias allí señalados. En consecuencia, el ciudadano RICHARD MIGUEL MARDO MARDO queda HABILITADO para el ejercicio de funciones públicas, sin perjuicio de la responsabilidad penal a que hubiera lugar.



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