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No se aumentó el salario mínimo en Venezuela: ¿qué normativas se vulneran?

ECONOMÍA · 5 MAYO, 2023 22:55

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Deisy Martínez

Foto por Mairet Chourio

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El gobernante Nicolás Maduro no aumentó el salario mínimo de los trabajadores venezolanos, tampoco el monto de las jubilaciones y pensiones que se mantienen en 130 bolívares, equivalentes a 5.19 dólares.

El esperado anuncio del 1 de mayo fue sustituido por un ajuste del bono de alimentación para trabajadores activos y un «redondeo» hacia abajo del «bono de guerra» que también incluye a jubilados y pensionados.

Centrales sindicales y gremios laborales han condenado que el Ejecutivo Nacional «someta a los trabajadores a salarios de hambre» pese a que tanto la legislación interna, comenzando por la misma Constitución, como convenios internacionales suscritos y ratificados por la República, le ordenan las mejoras en los ingresos de los trabajadores.

¿Cuáles son los artículos de la Constitución y de las leyes nacionales e internacionales que vulnera el no aumento del salario mínimo en Venezuela?

¿Qué dice la Constitución?

Artículo 91. Es el más citado por los sindicalistas y trabajadores durante las protestas de calle para exigir un salario justo, especialmente el siguiente extracto:

«El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras del sector público y del sector privado un salario mínimo vital que será ajustado cada año, tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica», lo que a juicio de los trabajadores el Ejecutivo incumple al mantener el salario mínimo en 130 bolívares (equivalente a 5,19 dólares según el tipo de cambio oficial) desde hace 14 meses, mientras la Canasta Básica tiene un valor de 510,88 dólares, según estimaciones del Cendas-FVM (abril 2023).

Te puede interesar: Sindicalistas: Gobierno dio un golpe a diálogo tripartito al no subir salario mínimo

La Ley Orgánica del Trabajo (LOTT) en su artículo 129 añade que previo estudio y mediante decreto, el Ejecutivo Nacional fijará cada año el salario mínimo, mediante «amplia consulta» para conocer las opiniones de las distintas organizaciones sociales e instituciones en materia socioeconómica.

El artículo establece igualmente que todo trabajador tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales. Un extracto idéntico se identifica en el artículo 98 de la LOTT. El artículo 100 de la LOTT añade que para fijar el monto del salario se deben tener en cuenta la satisfacción de dichas necesidades del trabajador, familiares y dependientes.

Artículo 89. «El trabajo es un hecho social y gozará de la protección del Estado. La ley dispondrá lo necesario para mejorar las condiciones materiales, morales e intelectuales de los trabajadores y trabajadoras».

Durante las protestas de calle, los trabajadores también aluden a que los derechos laborales son «irrenunciables» (numeral 2 del artículo), por lo que se señala al Ejecutivo de «criminalizar» la lucha por mejores ingresos al detener a dirigentes sindicales (superior a 50) que organizan las manifestaciones y con ello pretender que cesen las protestas para exigir mejores salarios en la administración pública. El artículo 68 constitucional consagra el derecho a manifestar pacíficamente.

Bonos «regresivos»

Tras los anuncios de Maduro del 1 de mayo, el ministro del Trabajo, Francisco Torrealba, especificó que los pensionados del Seguro Social (IVSS) solo cobrarán 20$ (bono de guerra con un monto menor, equivalente a 497,4 bolívares al tipo de cambio oficial) más 130 bolívares de pensión, equivalentes a 5$. Los jubilados de la administración pública cobrarán 49$ (bono de guerra más jubilación) y los activos 70$ (30$ por dicho bono más 40$ de cesta ticket).

Los sindicalistas consideran que con el bono de guerra, el Ejecutivo, a cambio de poder aumentar el bono de alimentación, aplicó un «redondeo» hacia abajo porque para abril, a los trabajadores activos se les depositó 1.100 bolívares, a los jubilados 770 bolívares y a los pensionados 365 bolívares.

Trabajadores marcharon el 1 de mayo para exigir mejores salarios

En sus numerales, el 89 constitucional también señala que ninguna ley podrá establecer disposiciones que alteren la intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales (numeral 1) y que toda medida o acto del patrono o patrona contrario a esta Constitución es nulo y no genera efecto alguno (numeral 4).

La secretaria general de la Central de Trabajadores Alianza Sindical Independiente (ASI -Venezuela), Leida Marcela León advirtió que al reducir el «bono de guerra» el gobierno afectó la progresividad de los derechos y beneficios laborales, por lo que debió aumentarlo no rebajarlo solo a 30$. El artículo 434 de la LOTT igualmente habla de la progresividad de los beneficios.

Señaló además que Maduro incluyó el cesta ticket junto con el bono de guerra en un «ingreso vital de emergencia», pese a que el bono de alimentación es parte del salario integral según las convenciones colectivas e incide en el cálculo de las prestaciones sociales, por lo tanto, es un derecho adquirido, no un ingreso de emergencia.

Convenios OIT

Aparte de la Carta Magna y la Ley del Trabajo, es para el Ejecutivo venezolano de obligatorio cumplimiento los convenios suscritos (48 en vigor) como parte de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) desde 1919.

En materia del salario mínimo, la misma OIT a partir de una comisión de encuesta que visitó Venezuela en 2022, constató que el Estado venezolano incumple el convenio número 26 sobre la fijación del salario; 87 sobre la libertad sindical y el 144 sobre la consulta tripartita. Se realiza un diálogo entre gobierno, empresarios y trabajadores que a la fecha no ha registrado grandes avances.

Te contamos: «Gobierno nos deja más indefensos con solo Bs 130 y un bono reducido y discriminatorio», advierten pensionados y jubilados

Convenio 26. Establece que todo miembro de la OIT que ratifique el convenio «se obliga a establecer o mantener métodos que permitan la fijación de tasas mínimas de los salarios de los trabajadores empleados en industrias o partes de industria (especialmente en las industrias a domicilio) en las que no exista un régimen eficaz para la fijación de salarios, por medio de contratos colectivos u otro sistema, y en las que los salarios sean excepcionalmente bajos».

El artículo 3 de dicho convenio también señala que todo miembro quedará en libertad de determinar los métodos para la fijación de salarios mínimos y la forma de su aplicación, sin embargo debe consultar a empleadores y trabajadores.

Vale acotar que el artículo 153 de la Constitución venezolana establece que las normas (tratados internacionales) que se adopten en el marco de los acuerdos de integración serán consideradas parte integrante del ordenamiento legal vigente y de aplicación directa y preferente a la legislación interna.

ECONOMÍA · 5 MAYO, 2023

No se aumentó el salario mínimo en Venezuela: ¿qué normativas se vulneran?

Texto por Deisy Martínez
Foto por Mairet Chourio

El gobernante Nicolás Maduro no aumentó el salario mínimo de los trabajadores venezolanos, tampoco el monto de las jubilaciones y pensiones que se mantienen en 130 bolívares, equivalentes a 5.19 dólares.

El esperado anuncio del 1 de mayo fue sustituido por un ajuste del bono de alimentación para trabajadores activos y un «redondeo» hacia abajo del «bono de guerra» que también incluye a jubilados y pensionados.

Centrales sindicales y gremios laborales han condenado que el Ejecutivo Nacional «someta a los trabajadores a salarios de hambre» pese a que tanto la legislación interna, comenzando por la misma Constitución, como convenios internacionales suscritos y ratificados por la República, le ordenan las mejoras en los ingresos de los trabajadores.

¿Cuáles son los artículos de la Constitución y de las leyes nacionales e internacionales que vulnera el no aumento del salario mínimo en Venezuela?

¿Qué dice la Constitución?

Artículo 91. Es el más citado por los sindicalistas y trabajadores durante las protestas de calle para exigir un salario justo, especialmente el siguiente extracto:

«El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras del sector público y del sector privado un salario mínimo vital que será ajustado cada año, tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica», lo que a juicio de los trabajadores el Ejecutivo incumple al mantener el salario mínimo en 130 bolívares (equivalente a 5,19 dólares según el tipo de cambio oficial) desde hace 14 meses, mientras la Canasta Básica tiene un valor de 510,88 dólares, según estimaciones del Cendas-FVM (abril 2023).

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La Ley Orgánica del Trabajo (LOTT) en su artículo 129 añade que previo estudio y mediante decreto, el Ejecutivo Nacional fijará cada año el salario mínimo, mediante «amplia consulta» para conocer las opiniones de las distintas organizaciones sociales e instituciones en materia socioeconómica.

El artículo establece igualmente que todo trabajador tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales. Un extracto idéntico se identifica en el artículo 98 de la LOTT. El artículo 100 de la LOTT añade que para fijar el monto del salario se deben tener en cuenta la satisfacción de dichas necesidades del trabajador, familiares y dependientes.

Artículo 89. «El trabajo es un hecho social y gozará de la protección del Estado. La ley dispondrá lo necesario para mejorar las condiciones materiales, morales e intelectuales de los trabajadores y trabajadoras».

Durante las protestas de calle, los trabajadores también aluden a que los derechos laborales son «irrenunciables» (numeral 2 del artículo), por lo que se señala al Ejecutivo de «criminalizar» la lucha por mejores ingresos al detener a dirigentes sindicales (superior a 50) que organizan las manifestaciones y con ello pretender que cesen las protestas para exigir mejores salarios en la administración pública. El artículo 68 constitucional consagra el derecho a manifestar pacíficamente.

Bonos «regresivos»

Tras los anuncios de Maduro del 1 de mayo, el ministro del Trabajo, Francisco Torrealba, especificó que los pensionados del Seguro Social (IVSS) solo cobrarán 20$ (bono de guerra con un monto menor, equivalente a 497,4 bolívares al tipo de cambio oficial) más 130 bolívares de pensión, equivalentes a 5$. Los jubilados de la administración pública cobrarán 49$ (bono de guerra más jubilación) y los activos 70$ (30$ por dicho bono más 40$ de cesta ticket).

Los sindicalistas consideran que con el bono de guerra, el Ejecutivo, a cambio de poder aumentar el bono de alimentación, aplicó un «redondeo» hacia abajo porque para abril, a los trabajadores activos se les depositó 1.100 bolívares, a los jubilados 770 bolívares y a los pensionados 365 bolívares.

Trabajadores marcharon el 1 de mayo para exigir mejores salarios

En sus numerales, el 89 constitucional también señala que ninguna ley podrá establecer disposiciones que alteren la intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales (numeral 1) y que toda medida o acto del patrono o patrona contrario a esta Constitución es nulo y no genera efecto alguno (numeral 4).

La secretaria general de la Central de Trabajadores Alianza Sindical Independiente (ASI -Venezuela), Leida Marcela León advirtió que al reducir el «bono de guerra» el gobierno afectó la progresividad de los derechos y beneficios laborales, por lo que debió aumentarlo no rebajarlo solo a 30$. El artículo 434 de la LOTT igualmente habla de la progresividad de los beneficios.

Señaló además que Maduro incluyó el cesta ticket junto con el bono de guerra en un «ingreso vital de emergencia», pese a que el bono de alimentación es parte del salario integral según las convenciones colectivas e incide en el cálculo de las prestaciones sociales, por lo tanto, es un derecho adquirido, no un ingreso de emergencia.

Convenios OIT

Aparte de la Carta Magna y la Ley del Trabajo, es para el Ejecutivo venezolano de obligatorio cumplimiento los convenios suscritos (48 en vigor) como parte de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) desde 1919.

En materia del salario mínimo, la misma OIT a partir de una comisión de encuesta que visitó Venezuela en 2022, constató que el Estado venezolano incumple el convenio número 26 sobre la fijación del salario; 87 sobre la libertad sindical y el 144 sobre la consulta tripartita. Se realiza un diálogo entre gobierno, empresarios y trabajadores que a la fecha no ha registrado grandes avances.

Te contamos: «Gobierno nos deja más indefensos con solo Bs 130 y un bono reducido y discriminatorio», advierten pensionados y jubilados

Convenio 26. Establece que todo miembro de la OIT que ratifique el convenio «se obliga a establecer o mantener métodos que permitan la fijación de tasas mínimas de los salarios de los trabajadores empleados en industrias o partes de industria (especialmente en las industrias a domicilio) en las que no exista un régimen eficaz para la fijación de salarios, por medio de contratos colectivos u otro sistema, y en las que los salarios sean excepcionalmente bajos».

El artículo 3 de dicho convenio también señala que todo miembro quedará en libertad de determinar los métodos para la fijación de salarios mínimos y la forma de su aplicación, sin embargo debe consultar a empleadores y trabajadores.

Vale acotar que el artículo 153 de la Constitución venezolana establece que las normas (tratados internacionales) que se adopten en el marco de los acuerdos de integración serán consideradas parte integrante del ordenamiento legal vigente y de aplicación directa y preferente a la legislación interna.

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