Cecodap: Adolescentes detenidos no deben ser imputados por terrorismo
El coordinador general de la ONG dijo que los adolescentes deben ser juzgados, si cometieron delitos, por sus jueces naturales

El coordinador general de la ONG Cecodap, Carlos Trapani, expresó su preocupación por la tendencia a aplicar cargos de terrorismo a adolescentes detenidos en el contexto postelectoral en Venezuela.

Detalló que, aunque a algunos los apresaron en flagrancia cometiendo acciones como la quema de propiedades públicas o privadas, estos actos, si bien constituyen delitos, no deberían ser automáticamente calificados como terrorismo.

Esta clasificación no solo es cuestionable desde un punto de vista legal, sino que también podría resultar en penas desproporcionadas que no se corresponden con la realidad de los hechos.

“Ese delito se aplica a partir de la reforma de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente (Lopnna) en el año 2015, donde se incluyó este delito como susceptible de privación de libertad… Pero la advertencia que hacemos es no criminalizar al adolescente”.

La Lopnna establece que los adolescentes, a partir de los 14 años, pueden ser responsables penalmente, pero bajo un sistema de responsabilidad distinto al de los adultos que está diseñado para centrarse en medidas socioeducativas y solo contempla la privación de libertad en casos excepcionales, como homicidios o actos de terrorismo.

Sin embargo, Trapani subraya que es fundamental que se realicen investigaciones de calidad para determinar si los actos que cometieron realmente se enmarcan dentro del delito de terrorismo, y no criminalizar a los adolescentes sin una base legal sólida.

Derecho a la defensa y el juez natural

Un principio clave en el proceso penal de adolescentes es el derecho a ser juzgados por un juez especializado en responsabilidad penal de adolescentes. Trapani advirtió que cualquier procedimiento que viole este principio, incluyendo la intervención de jueces no especializados, constituye una violación del derecho al juez natural.

Además, señaló que los adolescentes y sus familias tienen derecho a elegir su defensa, ya sea privada o con el apoyo de organizaciones de derechos humanos. Sin embargo, como ocurre con los presos por represión política, a los adolescentes presos se les impuso la defensa pública, lo cual limita las opciones de las familias y pone en duda la efectividad de la representación legal que se les ofrece.

Otro punto crítico es el trato que reciben los adolescentes detenidos. Trapani denunció que a muchos de ellos los mantienen en condiciones de incomunicación prolongada, sin poder hablar con sus padres o abogados, lo que contraviene la normativa legal que garantiza estos derechos.

La infraestructura de los centros de detención, que muchas veces no separa a los adolescentes de los adultos, y la violencia, tanto física como psicológica, que se ha reportado durante las detenciones, agravan la situación y evidencian una clara violación de los derechos humanos de estos jóvenes.

Sobornos en prisión

Trapani indicó que es grande la carga que recae sobre las familias en cuanto a la manutención de los adolescentes durante su detención.

En muchos casos, las familias son las responsables de proveer alimentos y otros recursos necesarios, lo que además puede derivar en situaciones de soborno para facilitar ciertos procesos o evitar presentaciones judiciales.

Según el último reporte de la ONG Foro Penal, son 194 los adolescentes detenidos durante eventos post electorales. Algunos de ellos no estaban en protestas y, en casi todos los casos, se presentan las irregularidades denunciadas por Cecodap.