Qué hay detrás de las expulsiones y degradaciones en la Fanb, según expertos

La degradación y expulsión de 33 efectivos militares, implicados en presuntos planes conspirativos, viola el debido proceso por incumplir el procedimiento establecido en el Código Orgánico de Justicia Militar, señaló la presidenta de Control Ciudadano, Rocío San Miguel.

“Podrían estar sujetas a la reversibilidad o nulidad plena. La doctrina podría identificar que, por no haberse seguido el debido proceso para darlas, son nulas de pleno derecho”, explicó la abogada.

Mientras que el politólogo, experto en temas militares, Ricardo Sucre, destaca que los efectivos señalados “vienen del proceso revolucionario y tenían posiciones en unidades de mucha confianza como el Batallón O´Leary, encargada de cuidar la Comandancia del Ejército”.

En este sentido, el mensaje del gobierno busca neutralizar cualquier acción que ponga en riesgo la estabilidad en un año electoral.

Delitos políticos en la Fanb

San Miguel argumentó que el código establece una hoja de ruta para “evitar que delitos políticos, como el de traición a la patria, sean utilizados arbitraria y caprichosamente desde el poder”.

“El código establece mecanismos de control jurisdiccional: la firma de un decreto presidencial, para los casos de expulsiones; y la publicación de la sentencia en la prensa nacional, en casos de delitos a la patria”, afirma.

La experta señala que la violación del debido proceso y, en consecuencia, del Estado de Derecho “tiene efectos morales y sociopolíticos que van calando hondamente en la sociedad y en las instituciones”.

No obstante, sostiene que “en Venezuela hay un control hegemónico sobre los Poderes Públicos y la violación de la ley no produce ningún efecto, lamentablemente”.

A su juicio, el mensaje político detrás de las expulsiones y degradaciones en la Fanb es: “Los estamos vigilando”.

“Venezuela entró en un estado de sospecha a partir del escenario electoral, vamos a enfrentar un año muy duro por la ausencia de mecanismos democráticos, el aplastamiento a opositores y a la sociedad civil crítica”, afirma.

Para San Miguel, el plan Furia Bolivariana también guarda una correlación con estas acciones dentro de la Fanb: “Furia Bolivariana se inscribe en la persecución y criminalización que hemos conocido con otras variantes, tiene patrones similares al de los colectivos armados: operan ilegalmente, utilizan métodos violentos e intimidatorios, evitan ser identificados, operan con impunidad”.

Mensaje al chavismo

El politólogo Ricardo Sucre subraya que toda conspiración es condenable y que el gobierno busca enviar un mensaje al público chavista. “Le están diciendo no nos vamos a calar otro interinato“.

En 2019, el opositor Juan Guaidó se juramentó como presidente interino de Venezuela apoyado por distintos factores políticos. El “gobierno encargado” recibió el respaldo de una parte de la comunidad internacional, pero ante la imposibilidad de tener control real del territorio y de las fuerzas armadas, la instancia política se fue desinflando hasta llegar a su desaparición a finales de 2022.

La degradación y expulsión es “la vergüenza, lo peor que le puede para a un profesional militar. El mundo militar se maneja con códigos de honor y ser degradado la muerte de tu carrera en esta institución”.

Tanto Sucre como San Miguel recuerdan que los militares implicados en el intento de golpe de Estado de 1992, entre los que destaca Hugo Chávez otrora presidente de Venezuela y líder de la revolución bolivariana, no fueron objeto de degradación aunque sí pasaron a retiro o fueron enviados a misiones fuera del país.

“En el 92 no se hizo porque la democracia confío mucho en la propia capacidad institucional del sistema y siguió la tradición. El gobierno de entonces (Rafael Caldera) no quería profundizar las heridas dentro de la institución militar. Pero este es un gobierno que tiene vocación hegemónica y el costo de reputación no le interesa. La democracia confiaba en la recomposición del sistema y el chavismo no se arriesga, apela a acciones preventivas”, opina Sucre.

La degradación y expulsión “es uno de los símbolos más sentidos al que un efectivo militar se puede ver expuesto. Lesiona su fuente de orgullo militar individual, su carrera, sus derechos adquiridos, tiene un efecto colectivo castrense devastador porque te colocan frente a tus pares para decir que no formas parte de esa institución, lo que tiene una huella muy profunda”, agrega San Miguel.

La presidenta de Control Ciudadano considera que Caldera buscó “promover mecanismos de reconciliación en la Fanb” y por eso no aplicó tales sanciones a los implicados en el fallido golpe del 92.

“Las figuras estelares de la revolución no fueron tocadas en este tema tan doloroso, tan particular y sentido. Esto se emplea cuando hay sentencias de narcotráfico, crímenes atroces y violaciones graves a derechos humanos; por delitos políticos la práctica de los estados democráticos es propender a no llegar a ello para no humillar y dejar las compuertas abiertas para procesos de negociación tal como lo hizo en su momento Caldera”, destaca.

¿Qué establece el Código Orgánico de Justicia Militar?

La degradación y expulsión de la Fuerza Armada Nacional son penas accesorias previstas como adherentes a la pena principal y se encuentran previstas en los siguientes artículos del COJM, entre otros:

Artículo 410. La degradación consiste en la declaración formal de que el delincuente es indigno de pertenecer a las Fuerzas Armadas Nacionales, hecho ante tropa formada y con las solemnidades prescritas en el Reglamento respectivo y acarrea:

  1. Pérdida del grado y sus derechos.
    2. Pérdida de condecoraciones nacionales.
    3. Publicación de la sentencia por la prensa no oficial de la República.
    4. Inhabilitación política por un tiempo igual al triple de la pena principal. (…)

Artículo 411. La expulsión consiste en la declaración judicial de que el delincuente es indigno de pertenecer a las Fuerzas Armadas Nacionales, hecha por el Tribunal en la sentencia, sin formalidades especiales, y acarrea:

  1. Pérdida del grado y sus derechos.
    2. Pérdida de condecoraciones nacionales.

Artículo 413. Las penas accesorias de degradación, anulación de clases y expulsión solo se aplicarán a los delitos indicados expresamente.

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