Personas naturales también deben llevar contabilidad en petros a partir de este #1Ene

La medida entrará en vigencia el 1 de enero de 2020, y según el tercer artículo de la Gaceta Oficial, el gremio de contadores tiene la tarea de diseñar los lineamientos técnicos para las normas contables

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Foto: Referencial

Caracas.– Según la providencia N° 097-2019 fijada por la Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas (Sunacrip), todas las empresas públicas y privadas e incluso los profesionales que ejerzan de manera independiente, deben llevar su contabilidad no solo en bolívares, sino también en petros, medida que entró en vigencia este miércoles 1 de enero de 2020.

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La decisión de Sunacrip involucra a médicos, abogados, contadores, odontólogos, administradores e incluso comunicadores sociales, que ahora tendrán que llevar sus libros contables en la moneda virtual creada por el gobierno de Nicolás Maduro. Ese registro se hará mediante el procedimiento denominado «contabilidad dual», que es obligatoria para personas jurídicas y ahora para naturales.

En la Gaceta Oficial N° 41.787, del lunes 23 de diciembre, se establecen algunas especificaciones, pero no se detalla la cotización oficial del petro que se usará para la conversión ni tampoco los lineamientos básicos para la presentación del tipo de contabilidad.

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Sunacrip indica que la Federación de Colegios de Contadores de Venezuela es la que tiene la tarea de diseñar los lineamientos técnicos para estas normas contables, que luego pasarán por la aprobación del ente rector de criptoactivos, según establece el artículo 3 de la providencia.

El gobierno de Nicolás Maduro decretó en noviembre pasado, en Gaceta Oficial Nº 41.763, la obligatoriedad del uso del petro en los registros contables de personas naturales y jurídicas en el país.

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