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OPINIÓN · 13 DICIEMBRE, 2022 05:30

Cuando hirieron la Sierra Nevada

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Antonio José Monagas

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El poder es como aquella atadura que mientras más se apriete, más difícil resulta desatarla. Es el problema que padece el poder desde el momento en que suele considerarse como una violencia ejercida sobre la gente. Y en política, más aún. Por cuanto el poder es la palanca que mueve la política.

Pero ahí no queda eso. El problema salta a la vista, toda vez que quien detenta el poder, desde una posición de gobierno, lo convierte en abuso. Aunque muchas veces, los abusos actúan como explosivos sordos que tarde o temprano estallan. Quizás, fue lo que incitó a Henri Montherlant, académico francés, a referir que “no hay poder, hay abuso de poder, nada más”

Es la situación que, en lo exacto, caracteriza al autoritarismo o al totalitarismo en tanto que como sistema político se pliega a formas de gobierno que permite al gobernante ejercer el poder absoluto. De esa manera, se configuran realidades donde no se toleran las libertades. Es ahí donde la obediencia y el sometimiento constriñen el pensamiento y la palabra del hombre para así permitir el poder absoluto del gobernante. Entonces, quien ose rebatir las imposiciones de gobierno es inhabilitado política, social, incluso, moralmente.

Vale iniciar esta deliberación con esta alusión de lo que el poder encubre en su manejo de la realidad política. Más, cuando siguen repitiéndose problemas que parecieran hablar de la testarudez que envuelve el ejercicio de la política. Particularmente, en escenarios políticos dominados por la incidencia del autoritarismo hegemónico que viene padeciéndose en situaciones oprimidas por el autoritarismo opresor. Es decir, el caso Venezuela.


El caso Venezuela

Las siguientes líneas habrán de rasgar lo acontecido en los predios de la Sierra Nevada, de la Cordillera de los Andes venezolanos, luego que una empresa estatal adscrita al Ministerio de Turismo, construyera  un mirador en el parque nacional. El evento causó conmoción a la ciudadanía, especialmente, aquellos apasionados montañistas, conocedores de la maravillosa geografía que enamora al contemplar los hermosos y ensoñadores parajes que lucen cubiertos de frailejones y nieve.

El problema propiamente se suscita cuando no se respeta la ley que ordena el funcionamiento, administración, protección y conservación de Parques Nacionales, como en efecto es la Sierra Nevada desde Mayo de 1952, por decreto presidencial Nro 393.

La sensibilidad de sus ecosistemas, requiere del escrúpulo técnico que demanda tan frágil suelo cuya flora y fauna, simboliza el incalculable valor que detenta la naturaleza. De hecho, la Constitución de la República, refiere como “(…) deber de cada generación, proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro” (Artículo 127).

Por tan fundamental razón, ese mismo postulado establece que «el Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, genética, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales, y demás áreas de especial importancia ecológica».

El acto de suprimir la vida de un sólo frailejón es considerado un delito cuya flagrancia es penada por la Ley Orgánica del Ambiente. Pues ello es entendido como un acto de degradación (agravio) del ambiente. Así que la obligación de mantener el equilibrio ecológico, tal como lo exige el artículo 129 constitucional, supone una acción tanto apremiante como inminente.

El impacto ambiental causado por cualquier defenestración provocada por causas extrañas al ecosistema, es de un perjuicio invalorable. Por tanto, cualquier daño indistintamente de la excusa ofrecida, constituye un serio daño al patrimonio público sancionado con la rigurosidad del caso.

Incluso, ante la presunción o inminencia de impactos negativos al ambiente, por actividades que pongan en riesgo la preservación de los ecosistemas, su cometido es objeto de medidas penales dirigidas a sentar precedentes del asunto en cuestión. La ley ambiental es amplia en todo sentido. Y el artículo 80, es taxativo a ese respecto. Sumado a lo que impone la Ley Penal del Ambiente (2012)

El problema

Este caso registrado en áreas susceptibles del ecosistema que presta asiento a instalaciones del Sistema Teleférico de Mérida, tiene distintas lecturas. Sin embargo, el problema suscitado y que movió la atención del Ejecutivo Nacional, al igual que importantes medios de comunicación social, va más allá del carácter mediático que alcanzó.

El problema tiene un componente fuertemente político toda vez que implicó decisiones manejadas a ultranza de las asignaciones y delegaciones de poder y autoridad que la Constitución Nacional y la Ley Orgánica del Ambiente, fundamentalmente, dictaminan. Ello provocó un conflicto de competencias, que escasamente logró atenuar el problema pero que poco alcanzó a solucionarse. 


Razones pretéritas que avivaron el desencuentro

El  conflicto tiene raíces en decisiones pretéritas que refieren desviaciones políticas relacionadas con cuotas de poder que, en su momento, excedieron niveles de gestión. Estas situaciones derivaron determinaciones forzadas a ser admitidas y aceptadas como decisiones de “absoluta legalidad”. Cuando en su verdadera realidad, constituyen meros abusos de poder. Abusos estos que evadieron importantes exigencias trazadas por ley.

Así comenzaron a afianzarse ventajas arbitrarias que siempre han permitido al poder político-militar situarse por encima de la normativa que corresponde a los debidos procesos que comprometen la administración, planificación, coordinación, control y evaluación propio de cualquier funcionamiento institucional y empresarial. Público o privado.

Este es el típico problema que ocurre cuando el poder obnubila la adecuada comprensión de las funciones y limitaciones que definen la asignaciones que por ley definen el alcance y responsabilidades de instituciones u organismos del Estado manejados a solicitud de políticas públicas o de coyuntura.

Bajo lo que esta situación encarna, se crean instancias al arbitrio. Peor aún, sin razón institucional alguna. Pero groseramente movidas por el afán de poder, sin considerar exigencias que tocan lo relativo a la profesionalización de cargos que suelen luego otorgarse por influjo político o militar. En el seno de tan controvertidos cargos, se toman decisiones subyugadas por intereses que chocan con las competencias propias de las funciones que rigen la institución en cuestión. Además, se crean oficinas gubernamentales al voleo. Sin el respaldo de políticas públicas serias. Tampoco de manuales que ordenen la dinámica organizacional.

En medio de estos avatares, se cometen desafueros que hablan mal de declaradas intenciones de desarrollo económico y social del país. Fue la razón que provocó el problema que marcó el momento de cuando hirieron la Sierra Nevada.

***

Las opiniones expresadas en esta sección son de entera responsabilidad de sus autores.

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El poder es como aquella atadura que mientras más se apriete, más difícil resulta desatarla. Es el problema que padece el poder desde el momento en que suele considerarse como una violencia ejercida sobre la gente. Y en política, más aún. Por cuanto el poder es la palanca que mueve la política.

Pero ahí no queda eso. El problema salta a la vista, toda vez que quien detenta el poder, desde una posición de gobierno, lo convierte en abuso. Aunque muchas veces, los abusos actúan como explosivos sordos que tarde o temprano estallan. Quizás, fue lo que incitó a Henri Montherlant, académico francés, a referir que “no hay poder, hay abuso de poder, nada más”

Es la situación que, en lo exacto, caracteriza al autoritarismo o al totalitarismo en tanto que como sistema político se pliega a formas de gobierno que permite al gobernante ejercer el poder absoluto. De esa manera, se configuran realidades donde no se toleran las libertades. Es ahí donde la obediencia y el sometimiento constriñen el pensamiento y la palabra del hombre para así permitir el poder absoluto del gobernante. Entonces, quien ose rebatir las imposiciones de gobierno es inhabilitado política, social, incluso, moralmente.

Vale iniciar esta deliberación con esta alusión de lo que el poder encubre en su manejo de la realidad política. Más, cuando siguen repitiéndose problemas que parecieran hablar de la testarudez que envuelve el ejercicio de la política. Particularmente, en escenarios políticos dominados por la incidencia del autoritarismo hegemónico que viene padeciéndose en situaciones oprimidas por el autoritarismo opresor. Es decir, el caso Venezuela.


El caso Venezuela

Las siguientes líneas habrán de rasgar lo acontecido en los predios de la Sierra Nevada, de la Cordillera de los Andes venezolanos, luego que una empresa estatal adscrita al Ministerio de Turismo, construyera  un mirador en el parque nacional. El evento causó conmoción a la ciudadanía, especialmente, aquellos apasionados montañistas, conocedores de la maravillosa geografía que enamora al contemplar los hermosos y ensoñadores parajes que lucen cubiertos de frailejones y nieve.

El problema propiamente se suscita cuando no se respeta la ley que ordena el funcionamiento, administración, protección y conservación de Parques Nacionales, como en efecto es la Sierra Nevada desde Mayo de 1952, por decreto presidencial Nro 393.

La sensibilidad de sus ecosistemas, requiere del escrúpulo técnico que demanda tan frágil suelo cuya flora y fauna, simboliza el incalculable valor que detenta la naturaleza. De hecho, la Constitución de la República, refiere como “(…) deber de cada generación, proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro” (Artículo 127).

Por tan fundamental razón, ese mismo postulado establece que «el Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, genética, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales, y demás áreas de especial importancia ecológica».

El acto de suprimir la vida de un sólo frailejón es considerado un delito cuya flagrancia es penada por la Ley Orgánica del Ambiente. Pues ello es entendido como un acto de degradación (agravio) del ambiente. Así que la obligación de mantener el equilibrio ecológico, tal como lo exige el artículo 129 constitucional, supone una acción tanto apremiante como inminente.

El impacto ambiental causado por cualquier defenestración provocada por causas extrañas al ecosistema, es de un perjuicio invalorable. Por tanto, cualquier daño indistintamente de la excusa ofrecida, constituye un serio daño al patrimonio público sancionado con la rigurosidad del caso.

Incluso, ante la presunción o inminencia de impactos negativos al ambiente, por actividades que pongan en riesgo la preservación de los ecosistemas, su cometido es objeto de medidas penales dirigidas a sentar precedentes del asunto en cuestión. La ley ambiental es amplia en todo sentido. Y el artículo 80, es taxativo a ese respecto. Sumado a lo que impone la Ley Penal del Ambiente (2012)

El problema

Este caso registrado en áreas susceptibles del ecosistema que presta asiento a instalaciones del Sistema Teleférico de Mérida, tiene distintas lecturas. Sin embargo, el problema suscitado y que movió la atención del Ejecutivo Nacional, al igual que importantes medios de comunicación social, va más allá del carácter mediático que alcanzó.

El problema tiene un componente fuertemente político toda vez que implicó decisiones manejadas a ultranza de las asignaciones y delegaciones de poder y autoridad que la Constitución Nacional y la Ley Orgánica del Ambiente, fundamentalmente, dictaminan. Ello provocó un conflicto de competencias, que escasamente logró atenuar el problema pero que poco alcanzó a solucionarse. 


Razones pretéritas que avivaron el desencuentro

El  conflicto tiene raíces en decisiones pretéritas que refieren desviaciones políticas relacionadas con cuotas de poder que, en su momento, excedieron niveles de gestión. Estas situaciones derivaron determinaciones forzadas a ser admitidas y aceptadas como decisiones de “absoluta legalidad”. Cuando en su verdadera realidad, constituyen meros abusos de poder. Abusos estos que evadieron importantes exigencias trazadas por ley.

Así comenzaron a afianzarse ventajas arbitrarias que siempre han permitido al poder político-militar situarse por encima de la normativa que corresponde a los debidos procesos que comprometen la administración, planificación, coordinación, control y evaluación propio de cualquier funcionamiento institucional y empresarial. Público o privado.

Este es el típico problema que ocurre cuando el poder obnubila la adecuada comprensión de las funciones y limitaciones que definen la asignaciones que por ley definen el alcance y responsabilidades de instituciones u organismos del Estado manejados a solicitud de políticas públicas o de coyuntura.

Bajo lo que esta situación encarna, se crean instancias al arbitrio. Peor aún, sin razón institucional alguna. Pero groseramente movidas por el afán de poder, sin considerar exigencias que tocan lo relativo a la profesionalización de cargos que suelen luego otorgarse por influjo político o militar. En el seno de tan controvertidos cargos, se toman decisiones subyugadas por intereses que chocan con las competencias propias de las funciones que rigen la institución en cuestión. Además, se crean oficinas gubernamentales al voleo. Sin el respaldo de políticas públicas serias. Tampoco de manuales que ordenen la dinámica organizacional.

En medio de estos avatares, se cometen desafueros que hablan mal de declaradas intenciones de desarrollo económico y social del país. Fue la razón que provocó el problema que marcó el momento de cuando hirieron la Sierra Nevada.

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