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miércoles, 22 julio, 2020

TSJ declara constitucionalidad del decreto de estado de alarma por COVID-19

El TSJ indicó mediante una nota de prensa que el decreto de estado de alarma entró en vigencia desde que fue dictado y que su legitimidad, validez, vigencia y eficacia jurídico constitucional se mantiene irrevocablemente incólume, conforme a lo previsto en la Carta Magna

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Caracas.- La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del decreto número 4.247, dictado por el gobierno de Nicolás Maduro, mediante el cual se declara el estado de alarma para atender la Emergencia Sanitaria del COVID-19 en el país.

De acuerdo con el tribunal, determina que el decreto fue dictado en cumplimiento de todos los parámetros que prevé el texto constitucional, la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción y demás instrumentos jurídicos aplicables. «Preservando los Derechos Humanos y en protección de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el Estado, sus instituciones y el pueblo», se lee en la nota de prensa del TSJ este 22 de julio.

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Además, el TSJ indica que el decreto entró en vigencia desde que fue dictado y que su legitimidad, validez, vigencia y eficacia jurídico constitucional se mantiene irrevocablemente incólume, conforme a lo previsto en la Carta Magna.

Este decreto fue publicado en la Gaceta Oficial número 6.554 Extraordinario, de fecha 10 de julio de 2020.

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Por último, el fallo ordena la publicación de esta decisión en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta Judicial y en la página web del Máximo Juzgado del país.

Con información de AVN

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