TSJ advierte que citados por elecciones fueron notificados y que habrá consecuencias si faltan
Presidenta del TSJ y de la Sala Electoral ratificó citaciones para esta semana

La Cátedra de Derecho Constitucional de la Universidad Central de Venezuela se pronunció en contra del recurso de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que validará los resultados de las elecciones presidenciales del pasado 28 de julio.

En un comunicado, los miembros de esta cátedra señalan a esta sala de «usurpar funciones» del Consejo Nacional Electoral (CNE), violar la Constitución y hasta de abrogarse la facultad de custodia del material comicial, que reposa en la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Fanb), como garantes de la integridad del proceso.

En el texto señalan que el recurso que introdujo Nicolás Maduro ante el TSJ no está contemplado dentro de las atribuciones de la Sala Electoral, pero además su investigación sobre el peritaje, verificación y validación de los resultados es una competencia del Poder Electoral.

A su juicio este proceso «desfigura el diseño que garantiza el equilibrio de los Poderes Públicos en detrimento del Poder Electoral, contraría el espíritu, propósito y razón de la legislación electoral venezolana y constituye un atentado contra los estándares internacionales contentivos de los principios generales que ordenan una elección autentica».

Al igual dicen que «tal intervención se presenta como un mecanismo que contradice el
objetivo fundamental de la comunidad internacional en cuanto a que los resultados de las elecciones regulares sean respetados y se pongan en práctica».

Cuestionan que los magistrados den por cierto el supuesto ataque cibernético que denunció el presidente del CNE, Elvis Amoroso, sin antes investigar si fue o no cierto, lo que es un adelanto de opinión sin juzgar la denuncia.

Los 5 cuestionamientos de la Cátedra de la UCV a la Sala Electoral

Manifiestan que la Sala Electoral, con su recurso, comete las siguientes faltas:

1) La Sala Electoral admite un recurso contencioso electoral que no está dirigido a la declaratoria de nulidad de acto alguno y sin que haya vencido el lapso de 15 días para atacar la omisión de pronunciamiento.

2) Al ordenar la consignación del material electoral sin haberse vencido los lapsos de impugnación de los actos o actividad omisiva de los órganos electorales, pretende sustituir la función de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana como único órgano responsable de la seguridad, guarda y custodia del referido material.

3) Se pronuncia anticipadamente sobre la integridad del proceso, en los términos de la interlocutoria de tramite emitida el 10 de agosto de 2024, al indicar en el punto primero de dicha decisión que el CNE había consignado ‘oportunamente y en tiempo hábil todos los recaudos vinculados con el proceso electoral’ y al dar por establecido un ‘ataque cibernético masivo'»

4) Asume la primera fase de la Jurisdicción Electoral que solo puede ejercer el Consejo Nacional Electoral.

5) Confirma que desde el día 5 de agosto de 2024 verifica las actas electorales con la intención de determinar su validez.

Qué dicen del CNE

Sobre el CNE también descargan una serie de críticas al incumplir sus funciones y competencias.

«La situación planteada es de especial gravedad y requiere una profunda reflexión por cuanto está en juego la paz de la República, pero también afecta la estabilidad de la Región. El incumplimiento del Consejo Nacional Electoral implica un irrespeto del estándar constitucional e internacional para los procesos electorales y, como factores de contexto, debe advertirse que esta situación persiste desde las anteriores elecciones y refleja la disminución de la confianza pública en el sistema».

Recordaron que aún el CNE no agota todos los mecanismos para certificar los resultados, que requieren cumplirse como parte de sus funciones constitucionales.

Lea aquí e comunicado

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