En la presente entrega de la serie sobre la “Provincia de Carabobo” vamos a tratar un episodio corto pero curioso que ocurrió en el período en que existió dicha entidad y que se trata de la ciudad de “Nirgua”, la cual actualmente es la capital del municipio  que lleva su mismo nombre en el estado Yaracuy.

Hoy en día uno pudiera decir que en el pasado, la ciudad de “Nirgua” padeció de una especie de crisis de identidad, que comienza desde los tiempos de la hispanidad, en donde primeramente se paseó por un largo periplo de fundaciones y desapariciones que van desde 1551 hasta 1628,  que se llevaron por delante las administraciones de los gobernadores: Juan de Villegas. Arias de Villacinda, Gutiérrez de La Peña y Ponce de León; hasta que ¡por fin!, en la administración del gobernador don Juan de Meneses y Padilla queda firmemente fundada bajo el nombre de “Nuestra Señora de La Victoria del Prado de Talavera”.

Posterior a ello, Nirgua estuvo bajo la influencia de la Jurisdicción de Valencia y luego, cuando se crea la “Provincia de Carabobo” queda incluida dentro de ella siendo separada e incorporada a la misma en varias ocasiones.

Durante la tercera presidencia del Gral. José Antonio Páez (1861-1863), los habitantes de dicha ciudad protestaron formalmente ante el Ejecutivo Nacional y solicitaron que les devolvieran su antigua condición y les reincorporaran  a la provincia de Carabobo.

Pues bien, en el “Registro Oficial” de Venezuela (hoy Gaceta Oficial de Venezuela) de fecha 30 de abril de 1862, aparece publicado en anhelado decreto el cual transcribimos a continuación:

Secretaría del Interior y Justicia

Decreto que reincorpora el canton de Nigua á la provincia de Carabobo.”

JOSE ANTONIO PÁEZ.

Jefe Supremo de la República de Venezuela.

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Considerando:

1*Que por la especie que sirve de alimento á la riqueza del canton de Nigua, y por la naturaleza misma de su territorio, separado con graves obstáculos del resto del Yaracui, se hace para aquellos habitantes mucho más fácil el tráfico con los mercados de Valencia y puerto Cabello que con cualesquiera otros de la República.

2*Que habiendo pertenecido á la provincia de Carabobo, antes de marzo de 1855, los pueblos que forman parte del canton de Nirgua, tan largas relaciones han hecho que las costumbres de los habitantes de este sean las costumbres de aquellos, y que sus afectos hacia la antigua madre , robustecidos por una corta separación, sean los más íntimos y cordiales.

3*Que los habitantes del canton de Nirgua, pertenecientes hoy a la provincia del Yaracui, han manifestado repetidas veces el vivo deseo de reincorporarse á la provincia de Carabobo.

4*Que esa manifestación está apoyada en el derecho indisputable que tienen los pueblos de no propender á mejorar su situación, siempre que las buenas y sólidas razones que tengan pretenderlo, no cedan en perjuicio irreparable de tercero.

Decreta:

Art. 1* El canton de Nirgua queda reincorporado á la provincia de Carabobo y su extensión y límites serán los mismos que hoy tiene por la lei vigente sobre división territorial.

Art. 2* Esta disposición obrará respectivamente sus efectos civiles y políticos desde la fecha en que sea promulgada en las provincias de Carabobo y el Yaracui.

Art. 3* El Secretario de Estado en los Despachos del interior y Justicia queda encargado de la ejecución de este decreto.

Dado en Caracas á 2 de noviembre de 1861.

José A. Páez.

Por S.E.-El Secretario de Estado en los Despachos del Interior y Justicia.

Pedro José Rojas.”

A manera de epílogo, este episodio de la historia de la “Provincia de Carabobo” donde juega un papel muy importante la ciudad de Nirgua nos revelan los vaivenes de una ciudad que siempre estuvo bajo la órbita de nuestra región y que muy probablemente de no haber ocurrido las reorganizaciones territoriales del siglo XIX y parte del XX, sin duda alguna Nirgua seguiría siendo parte de Carabobo.

 




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