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Desde que Maduro hizo oficial su candidatura un video de campaa se puede ver en televisión abierta, en clara violación a las leyes sobre la campaña electoral. Foto archivo EFE/ Miguel Gutiérrez

El cronograma de la elección presidencial del 28 de julio es claro: Este jueves 4 inicia la campaña electoral. Pero es una fase del proceso que arranca sin normas claras y con violaciones al marco jurídico desde hace varias semanas.

Además de los principios generales contemplados en la Constitución, la Ley Orgánica de Procesos Electorales -y su reglamento- es el instrumento que establece regulaciones a la campaña. Sin embargo, no es suficiente: se requiere de normas especiales con pautas específicas, como los tiempos y espacios para la propaganda en medios de comunicación. Pero esta vez el Consejo Nacional Electoral (CNE) no las ha publicado.

“La Lopre y su reglamento general no definen precisiones sobre el desarrollo de la campaña electoral, como tiempos en televisión y radio, o espacios en medos impresos, así como otras especificaciones, por ejemplo, regulación en redes sociales”, detalló el politólogo y especialista electoral, Jesús Castellanos.

Ilegalidades antes de iniciar la campaña electoral

La campaña electoral debe producirse solo en el lapso definido en el cronograma, pero ante la ausencia de una legislación que así lo determine, se crean “asimetrías tempranas y no hay forma de hacer la revisión del financiamiento en esa etapa”.

Es por ello que Castellanos considera que la precampaña debe regularse porque, por ley, no se debe hacer propaganda antes del tiempo determinado para tal fin.

En la práctica ha quedado demostrado que la campaña electoral no comenzó este jueves 4 de julio para varios candidatos. Desde el 25 de marzo, día de su postulación ante del CNE, Nicolás Maduro aparece constantemente en las pantallas de los televisores de los venezolanos con señal abierta y de tendencia oficialista, junto con una música contagiosa. El mismo mensaje y otros relacionados con su gestión, invaden las plataformas digitales como YouTube.

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También se ha visto publicidad paga en redes sociales para promover la candidatura presidencial de Javier Bertucci, mucho antes de que iniciara legalmente la campaña electoral. También un video, con jingle incluido, promocionando a Luis Eduardo Martínez como el próximo presidente de Venezuela. Su campaña adelantada también apareció en Globovisión y publiidad pagada publicidad en plataformas digitales a contenidos en los que destaca su propuesta de plan de gobierno.

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Captura de Instagram
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Captura de X (antes Twitter)

Alcance limitado, y violentado, de la Lopre

Tanto en la Constitución, la Lopre y su reglamento, se definen las prohibiciones en cuanto a financiamiento de campaña electoral. Pero eso no ha sido suficiente.

El numeral 14 del artículo 204 del reglamento general de la Lopre se establece que no está permitido el uso de fondos públicos para favorecer una tendencia. También prohíbe, en el numeral 1 del artículo 205, la propaganda en las edificaciones donde funcionen órganos y entes públicos. Y que los funcionarios públicos favorezcan a algún candidato, según se lee en el numeral 1 del artículo 221.

Pero hay pruebas que demuestran que eso no cumple, como el cambio de identidad en redes sociales de la alcaldía de Valencia y varias de sus dependencias.

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El reglamento de la Lopre también contempla expresamente la fiscalización que debe ser ejecutada por el CNE en cada campaña electoral.

“Esta fiscalización, no obstante, no ha permitido identificar las violaciones en campaña electoral como uso de recursos públicos, participación de funcionarios públicos, participación de militares, uso de instalaciones públicas, etc. Porque para que esto funcione, es necesaria la voluntad institucional del CNE de obligar a obedecer la Ley”, aseguró Castellanos.

El especialista resaltó que toda esa ilegalidad crea una abierta asimetría a favor de la candidatura de Maduro, que también tiene a su favor que el cargo que se somete a la reelección puede mantenerse en el ejercicio de sus funciones.

Cambios legislativos necesarios para campaña electoral

Con las condiciones actuales, Castellanos sostiene que es imposible el desarrollo de una campaña electoral justa. Es por ello que plantea algunos cambios legislativos en esta materia, como la regulación del financiamiento público de las campañas electorales, de conformidad con la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de 2008 sobre tal materia.

También propone la separación temporal para los cargos que se sometan a la reelección, la regulación de la precampaña, el reforzamiento de la unidad responsable del financiamiento, la publicación los estados financieros de los partidos en la campaña electoral en la página del CNE y la definición de topes de campaña.

“Los límites de la campaña, por ejemplo, topes generales o por tipos de financiamiento, podría generar condiciones más equitativas en la contienda electoral«.

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El especialista considera fundamental la vinculación institucional de la administración electoral con instancias públicas y privadas para hacer un seguimiento exhaustivo del financiamiento en la campaña electoral, y el seguimiento de esta fase del proceso de parte de la ciudadanía.

Campaña electoral y democracia

Al hacer un análisis de los procesos comiciales de los últimos 20 años en Venezuela, Colmenares aseguró que el CNE ha fallado gravemente en su función de velar por el cumplimiento del marco legal en el financiamiento de campañas electorales.

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Tarjetón electoral para la elección presidencial del 28 de julio (Foto: Cortesía de CNN)

“Ha demostrado, por una parte, una gestión parcial a favor del actual gobierno y partido oficialista y, por la otra, una enorme ineficiencia para hacer pública las cuentas financieras de la campaña. Estas abiertas inequidades y ventajismos solo afianzan y demuestran la inexistencia de democracia en Venezuela”.

Para él es impensable en un estado democrático la existencia de tan marcadas desigualdades en las campañas electorales a favor de quien tiene el poder, y un total desconocimiento del estado de derecho y del concepto institucional.

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