Interpol no puede detener a Maduro en Venezuela / EFE

La Justicia Federal de Argentina ordenó este lunes 23 de septiembre diligenciar órdenes de captura internacional contra Nicolás Maduro y su ministro de Interior y Justicia, Diosdado Cabello, investigados por presuntamente estar implicados en la comisión de delitos de lesa humanidad en Venezuela.

El fallo encomendó disponer, vía Interpol, la captura internacional con fines de extradición a la nación argentina.

La semana pasada, víctimas venezolanas, representantes del Foro Argentino para la Defensa de la Democracia (FADD) y la Fiscalía de ese país, solicitaron que se ordenara el arresto de Maduro y Cabello.

El proceso fue abierto sobre la base del principio de la jurisdicción universal de los Derechos Humanos que, según Naciones Unidas, “confiere competencia a un Estado para juzgar y sancionar al autor de un delito, cualquiera que sea el lugar en el que se cometió y cualquiera que sea la nacionalidad de su autor o víctima”.

Este principio se aplica a delitos como genocidio, crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad, tortura, ejecuciones extrajudiciales y desapariciones. 

La detención de Nicolás Maduro y Diosdado Cabello dependería ahora de la cooperación internacional. La orden de captura está en manos de Interpol, pero su ejecución enfrenta complejidades diplomáticas.

No es simbólico

El abogado Alí Daniels, codirector de la ONG Acceso a la Justicia, explicó que, aunque complejo de aplicar, este principio de jurisdicción abre caminos para posteriores procesos judiciales contra quienes sean hallados culpables de crímenes de lesa humanidad.

«La jurisdicción universal no es la solución definitiva ni total en la lucha contra la impunidad; tiene muchas limitaciones, de acuerdo con el país que se trate, pero podemos considerarla como otra herramienta útil en esa lucha, pues todo lo que permite a las víctimas ser escuchadas debe ser bienvenido», dijo.

Daniel asegura que este principio goza de buena salud y que no debe considerarse como simbólica.

¿Maduro será detenido por Interpol?

Tomás Farini, abogado querellante y representante legal del FADD, afirmó que el hecho de que estén “muy probados” los crímenes de lesa humanidad cometidos de manera sistemática en Venezuela, permitió que de manera “excepcional” la Justicia argentina reconozca la jurisdicción universal e investigue los delitos en territorio venezolano.

De acuerdo con el más reciente informe de la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos sobre Venezuela (FFM por sus siglas en inglés), presentado la semana pasada ante el Consejo de DDHH de la ONU, las violaciones a los derechos humanos en el país se han agravado tras las disputadas elecciones del 28 de julio. Poco después, el gobierno de Maduro condenó los hallazgos de la Misión.

Farini explicó a la Voz de América que en la Constitución de Argentina existe una cláusula que permite a los jueces de ese país investigar delitos cometidos en cualquier parte del mundo.

Respecto a la alerta roja de Interpol, Farini admitió que Maduro no será detenido por la delegación en Venezuela, porque “responde” a la policía local, y agregó, además, que existe la discusión sobre las “inmunidades” dispuestas por la Convención de Viena.

El representante de la FADD espera, sin embargo, que se emitan estos avisos, como ha ocurrido en casos de iraníes involucrados con el caso de la AMIA.

Sin embargo, asegura que lo que sí ocurrirá es que si Maduro requiere salir de Venezuela, deberá tener acuerdos con otros países o correría el riesgo de ser detenido.

“Maduro en realidad es un mandatario de facto, porque no ganó las elecciones. Hay casos en los que se han logrado anotaciones rojas”, dijo.

Farini explicó que en Argentina no se permite el juicio en ausencia, por lo que si Maduro no es arrestado y extraditado a ese país, el proceso no puede avanzar.

“La parte del juicio oral solamente puede pasar con los imputados presentes. Si se lo arresta el juicio continúa, si no se le arresta, pero se concreta un proyecto de ley que permita el juicio en ausencia, va a haber juicio oral”, precisó.

Un ejemplo clave de la aplicación de este principio es la intervención del juez Baltasar Garzón en España, quien, en los años 90, abrió investigaciones contra represores argentinos responsables de crímenes durante la dictadura militar. En ese entonces, en Argentina estaban vigentes las leyes de obediencia debida y punto final, que impedían juzgar a casi todos los involucrados.

Garzón actuó bajo el principio de justicia universal, permitiendo que crímenes cometidos en Argentina fueran investigados y juzgados en tribunales españoles. Esta reciprocidad jurídica fue clave para abrir camino a posteriores juicios por delitos de lesa humanidad en Argentina.