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Cinco años le tomó al TSJ rechazar cuatro demandas contra una ley que estaba anulada

reformas legales corte-marcial | Barinas | TSJ

A pesar de que en 2017 anuló la Ley Orgánica de Emolumentos, la cual fijaba un techo a los ingresos de los altos funcionarios, la Sala Constitucional no se percató de que tenía varias acciones contra la ley y no los respondió en ese momento.

Caracas. El orden no es el fuerte del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). Al menos esta es la conclusión a la que se arriba al ver que el máximo juzgado desechó cuatro demandas contra la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios del Poder Público, una norma que ya anuló en 2017.

El pasado 25 de julio la Sala Constitucional publicó su sentencia número 373 (L), en la cual declaró el decaimiento del recurso de nulidad que el abogado Luis Cecilio Perdomo interpuso en 2011 contra el texto que le fijó en 12 salarios mínimos el tope máximo que podían percibir el presidente de la República, los diputados, los rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE), el fiscal, el contralor y el defensor del Pueblo, y los magistrados del máximo juzgado.

“Revisadas las actuaciones en el presente expediente, se observa por notoriedad judicial que el 14 de agosto de 2017, esta Sala dictó la sentencia número 686, a través de la cual declaró la nulidad absoluta de la Ley (…) Siendo ello así, y visto que la ley atacada ya no forma parte del ordenamiento jurídico positivo y además, la nulidad fue declarada con efectos ex tunc, es decir, hacia el pasado y, que por tanto, no es posible que persista ningún efecto jurídico que pueda imputarse a su aplicación, se declara el decaimiento del recurso”, se lee en el dictamen redactado por el ahora embajador de Venezuela ante la Corte Penal Internacional, Calixto Ortega.

La Sala además aprovechó para cerrar otras tres solicitudes similares. Una de ellas la presentó la entonces Sindicatura Municipal de Chacao (Miranda).

Doble esfuerzo

Lo ocurrido en este caso es llamativo, porque el TSJ no recurrió –o lo hizo de manera incorrecta– a la figura de la acumulación, la cual le permite agrupar en un mismo expediente todas las solicitudes que son similares o que persiguen el mismo propósito. Este recurso permite evitar pronunciamientos distintos sobre un mismo asunto.

En 2017, la Sala Constitucional anuló la Ley por considerar que violaba el principio de progresividad de los derechos y atentaba contra “la seguridad económica” de los altos funcionarios y de sus familias.

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