Bajo la Ley de Protección de Pensiones, el Seniat sanciona con multas de miles de dólares a empresas familiares y pequeños contribuyentes que, al no tener empleados, están legalmente exentos del tributo. Esta práctica generalizada, resultado de un error en el sistema, amenaza con la quiebra a negocios que ya cumplen con sus demás obligaciones fiscales.
Caracas. Claudia*, socia de una clínica odontológica en Caracas, encendió su computadora una mañana de agosto para cumplir con la rutina de declarar sus impuestos en el portal del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat). Lo que esperaba fuera un trámite habitual se convirtió en un golpe inesperado: el sistema le mostraba una deuda de $8000.
Al consultar a su contador, descubrió que se trataba de una multa por no pagar el impuesto a las pensiones, un tributo que asegura no le corresponde porque su clínica no tiene empleados.
Tras esta denuncia, Crónica Uno identificó al menos 10 contribuyentes especiales en la misma situación en un período limitado de un menos de mes, lo que compromete la continuidad de sus negocios, debido al alto monto de las sanciones, que califican como “injustas”.
De acuerdo con el artículo 7 de la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social frente al Bloqueo Imperialista, publicada en Gaceta Oficial en mayo de 2024, los contribuyentes deberán pagar una contribución especial de hasta 15 % sobre el total de salarios y bonificaciones no salariales. Esto aplica a los pagos realizados por el contribuyente a sus trabajadores.
“El monto de la contribución especial prevista en esta Ley será de hasta el quince por ciento (15%) del total de los pagos realizados por el contribuyente a las trabajadoras y trabajadores por concepto de salario y bonificaciones de carácter no salarial”,
reza el artículo.
La experiencia de Claudia denota una realidad cada vez más común: pequeñas empresas familiares sin empleados pagan un tributo que legalmente no les corresponde. Su denuncia confirma un patrón que amenaza la estabilidad de distintos sectores.

Pequeñas empresas, grandes sanciones
La denunciante explica que son tres socios quienes se reparten las funciones de la empresa y, por ese motivo, no cuentan con trabajadores.
“Tenemos una clínica odontológica con seis cubículos. Cada socio tiene su consultorio y alquilamos los otros tres, esa es nuestra actividad comercial. En la compañía no tenemos empleados porque cada quien gestiona su consultorio, por eso nosotros, según la propia ley, estamos exentos de pagar este impuesto, pero ahora nos multan por no tener empleados. Tienen que rectificar”, dijo la odontóloga.
La normativa impone una multa de 1000 veces el tipo de cambio oficial a empresas que no declaren a tiempo. La sanción aplica a personas jurídicas y sociedades irregulares.
“Las personas jurídicas, así como cualesquiera otras sociedades de personas, incluidas las irregulares o de hecho, de carácter privado, que no presenten la declaración de la contribución especial a la que hace referencia esta Ley o la presenten fuera del plazo establecido por la Administración Tributaria, serán sancionadas con multa de mil (1000) veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, publicada por el Banco Central de Venezuela”.

Ley, recenso y errores del sistema
El Seniat empezó a imponer estas multas tras un proceso de recenso llevado a cabo en mayo de 2025, según confirmaron contadores públicos que prefirieron no revelar su identidad.
“Las autoridades tributarias hicieron una especie de plan borrón y cuenta nueva y le pidió a las empresas que actualizaran sus registros para el pago de este impuesto. Lo delicado de la situación es que el propio sistema te obliga a registrar por lo menos a un trabajador y hay empresas que, dependiendo de su actividad, carecen de empleados”,
alertó el especialista.
Otro de los consultados advirtió que ofrecer información falsa en materia tributaria podría generar sanciones más severas.
“Es una situación bastante complicada, porque en el país hay empresas familiares donde no hay una relación laboral y sería ilegal fijar un número de trabajadores cuando no existen. Muchas empresas de este tipo decidieron no registrarse, amparadas en la exoneración legal del impuesto, pero el Seniat las multó posteriormente”, señaló.
El experto agregó que asesora a una compañía en proceso de cierre que también fue sancionada. “Conozco una empresa que inició su proceso de cierre el año pasado, no tiene trabajadores actualmente y el Seniat ya la multó. Cuando ingreso al portal del Seniat para revisar, veo que me aparece una deuda por concepto de impuestos y no por multa, porque el código de la sanción es MUL y esto no aparece en el sistema. Eso también es irregular”, denunció.

Un sistema implacable
Una pareja de diseñadores gráficos decidió formalizar su emprendimiento en 2023. Desde entonces han mantenido la operación al mínimo y se encargan ellos mismos de la gestión, pues no tienen capacidad económica para sostener una nómina.
Al conocer de la multa, acudieron a la sede del Seniat de Plaza Venezuela para apelar la sanción. En esa oficina, los funcionarios les respondieron “que toda empresa tiene que pagar”.
“La empresa es totalmente familiar, nosotros la formalizamos porque empezamos a trabajar con grandes compañías y la figura del emprendimiento no era la mejor. Desde el día uno decidimos no tener empleados a nuestro cargo, no somos patronos de nadie y por eso no aplicamos el registro para pagar el impuesto de las pensiones”, explicó Simón*.
Señaló que, a diferencia de otros tributos, ese es el único renglón que no puede declararse en cero. “Uno puede declarar el ISLR, incluso el IVA en cero, pero cuando uno va a realizar el registro de trabajadores para pagar este impuesto, el sistema comienza en un trabajador, cuando debería tener la opción de cero trabajadores”, indicó.
Reconoció que no cuentan con los recursos para cubrir la sanción y teme que la situación derive en consecuencias más graves.
“Esas multas deben revisarlas y eliminarlas, yo no quiero ir preso por evasión de impuestos, yo tengo todo al día”, aseguró.

¿A dónde van los impuestos?
Por otra parte, lamentó que este tributo no se traduzca en mejoras para los pensionados del país. “Aquí la pensión sigue siendo de Bs.130. Entonces, la pregunta que nos hacemos es para dónde se están llevando ese dinero, porque los pensionados no la están disfrutando”, indicó.
Pidió al Seniat y a las autoridades nacionales para que revisen los casos de forma individual y les permitan ponerse a derecho.
“La respuesta no puede ser que todas las empresas tienen que pagar, porque la ley es bastante clara. Esas multas se deben revisar, permitir la apelación y que le permitan a uno demostrar que no hay ningún tipo de irregularidad”,
expuso.
El reclamo de Claudia, de los diseñadores gráficos y de tantas empresas familiares refleja un dilema mayor: en un país donde la pensión oficial sigue anclada en Bs. 130, equivalentes a menos de $5 dólares, las sanciones impuestas por el Seniat equivalen a varios años de ingresos imposibles de generar para pequeños contribuyentes.
La contradicción entre el objetivo declarado de proteger a los pensionados y el efecto real de asfixiar a empresas sin nómina revela la magnitud del problema.
(*) La información de esta nota incluye aportes de fuentes que solicitaron anonimato por motivos de seguridad. Crónica Uno garantiza la protección de su identidad.
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