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El TSJ multa con más de $1000 a Henri Falcón por presentarle un amparo y no hacerle seguimiento

Henri Falcón

La Sala Constitucional consideró que la actitud del exgobernador de Lara, y aspirante nuevamente a ese cargo, es de “suma gravedad”, porque entorpeció sus labores y desvió “su atención de asuntos que sí requieren de urgente tutela constitucional”

Caracas. 5000 bolívares o 1116 dólares, al tipo de cambio oficial fijado por el Banco Central de Venezuela (BCV). Ese es el monto de la multa que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) le impuso al exgobernador de Lara, y actual candidato ese cargo, Henri Falcón, por presentarle en agosto de 2017 un amparo y después no mostrar ningún tipo de interés en que el mismo fuera resuelto.

La sanción la impuso la Sala Constitucional en su sentencia número 514, dictada el pasado 14 de octubre, en la cual declaró “terminado el procedimiento por abandono del trámite” de una solicitud que el entonces mandatario regional presentó contra el Ministerio del Interior y Justicia por no entregarle los recursos del situado constitucional.

Falcón acudió a la intérprete de la Carta Magna para pedirle que le ordenara al Gobierno que le transfiriera a la Gobernación de Lara Bs. 5.596.763.297,50 correspondientes al mes de julio de 2017, los cuales eran necesarios para cumplir con el pago de los salarios de los 35.000 trabajadores de la administración regional.

Dos meses después de interpuesto el amparo, Henri Falcón perdió la reelección a manos de la almirante (r) Carmen Meléndez y, por lo tanto, dejó de ostentar el puesto de gobernador. Sin embargo, la Sala no reparó en este detalle y afirmó que “los justiciables que instan a los órganos jurisdiccionales para obtener la tutela de sus derechos fundamentales, deben mantener a lo largo del proceso, el interés en la obtención de la tutela urgente y preferente del amparo, lo cual se demuestra mediante la presentación de escritos o diligencias en los cuales tal interés quede manifiesto”.

Pero como esto no ocurrió, la instancia decidió aplicarle al ahora candidato la sanción prevista en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo y Garantías Fundamentales, la cual establece una multa de entre 2000 y 5000 bolívares para quienes incurran en “el desistimiento malicioso o el abandono del trámite”.

¿Por qué le aplicó el monto más elevado? “Se aplica la multa en su límite máximo por cuanto la Sala estima de suma gravedad el entorpecimiento de sus labores con la presentación de demandas que posteriormente son abandonadas, lo cual la obliga al desvío de su atención de asuntos que sí requieren de urgente tutela constitucional”, se lee en el dictamen redactado por el magistrado Juan José Mendoza.

Algo llamativo es que la Sala jamás anunció si revisaría o no el asunto. Esto, a pesar de que según la Constitución y la Ley de Amparo debe hacerlo en cuestión de horas.

No afecta al orden público, ¿en serio? 

Pero la Sala Constitucional no solo desechó la petición de Henri Falcón y lo multó, sino que rechazó hacer uso de sus poderes discrecionales para pronunciarse en relación con el meollo del asunto: el incumplimiento, por parte del gobierno de Nicolás Maduro, del numeral 4 del artículo 167 de la Constitución, el cual le obliga al Ejecutivo Nacional a transferirle el 20 % de los fondos que administra a las entidades federales y a los municipios.

¿Por qué no se pronunció? “En el caso de autos la lesión denunciada no involucra afectación alguna al orden público y las buenas costumbres, sino que se refiere a la esfera particular del accionante en amparo”, señaló el máximo juzgado, y obvia que sin los fondos del situado la Gobernación de Lara no podía cancelarle los salarios a los maestros, médicos y policías estadales, estos últimos responsables precisamente de mantener el orden público en la región.

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